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ley 1178 - Coggle Diagram
ley 1178
capitulo 4 atribuciones institucionales
articulo 20
todos los istemas de que trata la presente ley seran regidos pr orgsnos rectores cuyas atribuciones basicas son
a)emitir las normas y reglamanetos basicos para cada sistema
b)fijar los plazos y condicones para elaborar las normas secundarias o especilizadas y la implantacion progresiva de los sistemas
c)compatbilizar o evaluar segun corrrespoda las disposiciones especificas que elaborara cada entidad o grupo de entidades que realizan actividades similares en funcion de su naturaleza y normativa basica
articulo 21
el organo rector de los sisteas nacionales de planificacion e inversiones publicas es el ministerio de planeamiento y coordinacion
articulo 22
el minno rector de los sistemas de programacion de operaciones isterio de finanzas es la autoridad fiscal y orga
articulo 23
la contraloria general de la republica es el organo rector del sistema de control gubernamental el cual se implantara bajo su direccion y supervison
articulo 24
el banco centra de bolivia es la unica autoridad monetaria del pais y el organo rector de todo sistema de captacion de recursos e intermediacion financiera
articulo 25
el director del banco central estara constituido por el presidente del banco y 5 directores que seran designados de la siguiente manera
articulo 26
la superintendecia de bancos es el organo rector del sistema de control de toda captacion de recursos publicos y de intermediacion financiera
articulo 27
cada entidad del sector publico elaborar en el marco de las normas basicas dictadas por los organos rectores
capitulo 5
responsabilidad por la funcion publica
articulo 28
todo servidor publico respondera de los resultados emergentes del desempeño de las funciones , deberes y atribucines asignados a su cargo
articulo 29
la responsabilidad es administrativa cuando laccion o omision contraviene el ordenamiento juridico - administrativo
articulo 30
la responsabilidad es ejecutiva cuando la autoridad o ejecutivo no rida las cuentas a que se refiere al inciso a)
articulo 31
la responsabilidad es civil cuando laccion u omision del servidor publico o de las personas naturales o juridicas privadas causa
articulo 32
la entidad estatal condenada judicialmente al pago de daños y perjuicios a favor de entidades publicas o de terceros
articulo 33
no existira responsabilidad administrativa , ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decision hubiese ido tomada en procura de mayor beneficio
aticulo 34
la responsabilidad es penal cuando la ccion uomision del servidor publico y de los particulares se encuentra tipificada en el codigo penal
articulo 35
cuando los actos o hechos examinados presenten indicios de responsabilidad civil o penal
articulo 36
todo servidor publico o ex