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PROCESO DE LIQUIDACIONART. 249 BIS 1. LGSM - Coggle Diagram
PROCESO DE LIQUIDACION
ART. 249 BIS 1. LGSM
En asamblea acordaran en la totalidad de los socios
Declarando protesta de decir verdad y nombrando al liquidador.
El acuerdo debe constar en ACTA DE DISOLUCION.
publicarse en el sistema electrónico que establezca la secretaria de Economía.
A mas tardar dentro de los 5 dias habiles siguientes a la fecha de la asamblea.
La secretaria de Economia verificara que cumpla con los requisitos
Posteriormente lo enviara de forma electrónica al Registro Publico del Comercio para que se inscriba.
Los socios entregaran al liquidador todos los bienes, libros y documentos de la sociedad.
A mas tardar dentro de los 15 dias habiles siguientes a la celebracion de la asamblea.
El liquidador realizara la liquidación del haber social proporcionalmente a sus acciones.
En un plazo de 45 días hábiles posterior a la fecha de la asamblea.
**Una vez liquidada la sociedad...
el liquidador publicara el balance final en elsistema electronico señalado por la secretaria de Economia
El plazo no podrá exceder de los 60 días hábiles siguientes a la asamblea.
En caso de que algún socio o accionista incurra en falsedad, alteren o nieguen un hecho verdadero o declaren verdadero un hecho falso
Responderán frente a terceros, solidaria e ilimitadamente.
También deberán entregar los títulos de las acciones.
Después de realizar la inscripción de cancelación con el respectivo folio de la sociedad.
Se notificara a la autoridad fiscal correspondiente.