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EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO, Fuentes Formales del Derecho, Las garantías…
EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
Antecedentes históricos
El primer registro legal fue en 1814 con el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana elaborado por José María Morelos.
El 4 de octubre de 1824 se promulga la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos mediante la cual se estableció una República representativa, popular y federal.
Se instauró la División de Poderes y el Congreso con Dos Cámaras (Diputados y Senadores).
El Congreso expidió las Siete Leyes Constitucionales de 1835 y 1836, que pusieron fin al sistema federal y establecieron el centralismo
En junio de 1843 publican las Bases de Organización Política de la República Mexicana, donde se ratificó el centralismo.
En 1847 se regresó al sistema federal.
En 1856 fue promulgado el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, sirvió de base para expedir la Constitución Política de la República Mexicana en 1857.
El 5 de febrero de 1917 fue promulgada la actúa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Clasificación del sistema normativo
Las normas jurídicas se clasifican de acuerdo a su jerarquía y a sus ámbitos material y espacial de validez.
Jerarquía
Las normas jurídicas, algunas son superiores y otras inferiores.
Esto permite determinar cuál es la norma que resulta aplicable en caso de contradicción.
Las normas jurídicas se se apoyan unas a otras, es decir que toda norma jurídica se considera válida y obligatoria porque se encuentra apoyada en otra superior, y ésta a su vez porque se encuentra sustentada en otra norma de más elevada categoría, hasta llegar a la Constitución Federal.
Ámbito material de validez
Identifica la materia que pretenden regular, es decir que cada norma rige en determinada área del derecho y tiene características particulares.
En derecho público se conocen como ramas las materias constitucional, internacional pública ¡, administrativa, procesal ¡, electoral y penal.
En el derecho privado tenemos a las materias civil, mercantil e internacional privada.
Ámbito espacial de validez
Se determinan las normas por el territorio donde éstas son aplicables
Federales
Son obligatorias en toda la Repúbica
Locales
Solo obligan dentro de la entidad federativa (Estados o CDMX).
Municipales
Solo son aplicables en el Municipio donde fueron creadas.
Son el origen del derecho, es decir donde nacen.
La Costumbre
Se trata de normas jurídicas no escritas impuestas por el uso, es decir a través de la reiteración constante de una conducta de los hombres.
La legislación Mexicana en algunos casos admite la costumbre a falta de ley u otra disposición expresa, ya que no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
Normas Individualizadas
Son creadas para aplicarse de forma individual a una persona o grupo de personas, claramente definido.
Se pueden crear por particulares.
Solo obligan a quien expresamente los aceptan.
Jurisprudencia
Conjunto de principios establecidos en las resoluciones de determinados tribunales, al interpretar leyes o definir los casos no previstos en ellas.
Los Jueces y Tribunales son las autoridades obligadas a resolver los casos que son sometidos a su conocimiento, en algunas ocasiones es necesario saber la interpretación que el legislador quiso dar.
Los principios generales del derecho
Son verdades jurídicas notorias, indiscutibles, de carácter general, creadas mediante procedimientos jurídico- filosóficos de generalización.
Son una fuente supletoria de la ley, que permite a los juzgadores resolver las controversias frente a las lagunas u omisiones de ésta.
Algunas veces es obligatorio recurrir a ellos, esto de acuerdo al último párrafo del artículo 14 constitucional.
En México no existe un listado expreso de principios generales del derecho, porque su número varía onstantemente debido al perfeccionamiento de que sn objeto.
Legislación
El proceso legislativo está previsto en los artículos 71 y 72 constitucionales y consta de seis etapas: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e inicio de la vigencia.
Estructura de gobierno
La división de poderes
La Constituión Federal establece en su artículo 49 que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en:
Poder Ejecutivo
De acuerdo al artículo 80, el poder se deposita en un solo individuo denominado presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Es elegido por votación popular libre, directa y secrreta.
Su cargo dura 6 años.
Sin posibilidad de reelección.
En el artículo 89 de la Constitución Federal están atribuciones.
El ámbito local viene especificado en el artículo 116 y 122 de la Constitución Federal.
Poder Judicial
De acuerdo al artículo 94 de la Constitución Federal, el ejercicio de este poder recae en una Suprema Corte de Justicia de la Nación, un Tribunal Electoral, Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito.
La administración, vigilancia y disciplina de este poder, con excepción de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral corresponden al Consejo de la Judicatura Federal.
En los Estados se encuentra organizado según lo que establecen sus respectivas Constituciones.
Se integra por un Tribunal Superior de Justicia, Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz.
En la CDMX está organizado conforme al Artículo 122, apartado C, base cuarta de la Constitución Federal.
Poder Legislativo
Se ejerce por el Congreso de la Unión, el cual se encuentra compuesto por:
Cámara de Diputados
Se integra por 500 diputados, de los cuales 300 son elegidos por el principio de votación mayoritaria relativa 200 mediante el principio de representación proporcional.
Duran en su cargo tres años.
Cámara de Senadores
Se integra por 128 senadores, de los cuales 64 son elegidos por el principio de votación mayoritaria y 32 son asignados a la primera minoría, en cada entidad federativa, los restantes 32 son elegidos por el principio de representación proporcional.
Duran en su cargo seis años.
Las Cámaras funcionan durante dos periodos de sesiones al año.
En el ámbito Estatal, el Poder Legislativo se ejerce por las Cámaras de Diputados Locales, las que pueden expedir todo tipo de leyes, excepto en casos que la Constitución Federal lo prohíbe expresamente.
En el caso de la CDMX, la facultad legislativa es compartida entre el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa de la CDMX.
Son los derechos públicos subjetivos que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a os individuos y que el Estado debe reconocer y respetar.
Garantías de seguridad jurídica
Determinado procedimientos a los que debe apegarse el poder público, cuando sus actos pretendan afectar a los gobernados.
Consagrado en el artículo 8º
Garantías sociales
Establecen derechos y prerrogativas de los grupos humanos o de la nación en su conjunto, conforme a criterios de justicia y bienestar colectivos.
Contenidas en los artículos: 3º y 4º, párrafos tercero y quinto, 21, párrafo quinto y sexto, 27 y 123.
Garantías de libertad
Permiten la autodeterminación de las personas.
Contenidas en los artículos: 1º, segundo párrafo, 2º, apartado A, 3º, 4º, segundo párrafo, 5º, 6º, 7º, 9º, 10, 11, 15, 24 y 28.
Garantías en materia económica
Son de contenido social, porque imponen al Estado deberes en beneficio de toda la población.
Artículos: 25, 26 y 28.
Garantías de igualdad
Tienen por objeto evitar privilegios y otorgan a todos los individuos los mismos derechos.
Contenidas en los artículos: 1º, 2º apartado B, 4º, 5º primer párrafo, 12, 13 y 31, fracción IV.
Sistema de administración de justicia
Justicia Federal
Poder Judicial de la Federación
Tribunales Colegiados de Circuito
Se integra por tres magistrados.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Órgano especializado que resuelve cualquier impugnación o controversia , que se presente contra los actos o las resoluciones de las autoridades electorales.
Tribunales Unitarios de Circuito
Están a cargo de un solo magistrado. Conocen de las materias civil, penal o administrativa.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Máximo Tribunal del país, integrado por once ministros.
Juzgados de Distrito
Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia del Poder Judicial de la Federación.
Funciona a través de los siguientes órganos auxiliares:
Instituto de la Judicatura Federal
Visitaduría Judicial
Contraloría del Poder Judicial de la Federación
Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles
Instituto Federal de la Defensoría Pública
Fuentes Formales del Derecho
Las garantías individuales
Consejo de la Judicatura Federal