Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LEY 14 DE 2006- FOMENTO A LA CULTURA DE EMPRENDIMIENTO:, image, image,…
LEY 14 DE 2006- FOMENTO A LA CULTURA DE EMPRENDIMIENTO:
CAPITULO 2. MARCO INSTITUCIONAL
ART. 5. Red nacional para el emprendimiento: esta integrado por el ministerio de comercio, Industria y turismo; ministerio de educación nacional; ministerio de la protección social; SENA; DPN, Colciencias, Colombia joven; ASCUN...
ART.6. Red Regional para el Emprendimiento: está integrada por delegados de: Gobernación Departamental, SENA, cámara de comercio, Alcaldía, representante de las departamentales de juventud, rep. CRES...
ART.7. Objeto de las redes para el emprendimiento son: establecer políticas y directrices al fomento de la cultura para el emprendimiento, un plan estratégico nacional, conformar las mesas de trabajo de acuerdo al art, 10 de esta ley...
ART.9. Secretaria Técnica. será el instrumento operativo de las redes de emprendimiento encargada de coordinar todas las acciones de tipo administrativo.
ART. 10. Mesas de trabajo de la red de emprendimiento. Son un espacio de discusión y análisis para que todas las instituciones que conforman la red se sientan participes y logren desarrollar acciones con base en los lineamientos contemplados por las mismas.
ART. 11. objeto de las mesas de trabajo tendrán, sensibilización, formación, preincubación, Financiación, creación de empresas, capacitación empresarial y sostenibilidad, sistemas de información.
ART. 8.Funciones de las redes para el emprendimiento: proponer la inclusión de planes, programas y proyectos de desarrollo, ordenar e informar la oferta pública y privada; proponer instrumentos para evaluar la calidad de los programas orientados al fomento del emprendimiento; propiciar le creación de redes de contacto entre inversionistas, emprendedores e instituciones afines con el fin de desarrollar proyectos productivos.
CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES
ART. 1
FORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO: Busca el desarrollo de la cultura del emprendimiento con formación en competencias básicas, laborales...
CULTURA: conjunto de valores, creencias, ideologías, hábitos...
EMPRENDEDOR: persona con capacidad de innovar. capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa...
EMPRESARIALIDAD: Despliegue de la capacidad creativa de la persona sobre la realidad que le rodea.
PLANES DE NEGOCIOS: Es un documento que define los objetivos de un negocio y los métodos que van a emplearse.
ART. 2. OBJETO DE LA LEY:
Promover el espíritu emprendedor en los estamentos educativos
principios normativos que sienten las bases para una política de estado
Inducir el establecimiento de mejores condiciones de entorno interinstitucional para la creación y operación de nuevas empresas.
fortalecer los procesos empresariales que contribuyan al desarrollo local, regional y territorial.
Mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial
ART. 3 PRINCIPIOS GENERALES:
Formación integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad.
fortalecimiento de procesos de trabajo asociativo
Reconocimiento de la conciencia, el derecho y la responsabilidad del desarrollo de las personas
Apoyo a procesos de emprendimiento sostenibles desde la perspectiva social, cultural, ambiental y regional.
ART.4. OBLIGACIONES DEL ESTADO:
Promover en las entidades educativas el vinculo entre el sistema educativo y el productivo.
Buscar la asignación de recursos públicos
Buscar acuerdos con las entidades financieras.
Generar condiciones para que en las regiones surjan fondos de inversionistas
CAPITULO 3. FOMENTO DE LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO:
ART.12. OBJETIVOS. lograr el desarrollo de personas integrales en sus aspectos personales, cívicos y sociales; contribuir al mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas
ART. 13 ENSEÑANZA OBLIGATORIA. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio cumplir con: definición de un área específica de formación para el emprendimiento; trasmitir conocimiento; diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales...
ART. 14 SISTEMA DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN PROFESIONAL
ART. 15 FORMACIÓN DE FORMADORES: El SENA coordinará a través de las redes para el emprendimiento planes y programas para la formación de formadores hacia la cultura del emprendimiento.
ART. 16: OPCIÓN DE TRABAJO DE GRADO
ART. 17 VOLUNTARIADO EMPRESARIAL: Las cámaras de comercio y los gremios empresariales podrán generar espacios para constituir el voluntariado empresarial con sus asociados.