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CONTRATO EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO - Coggle Diagram
CONTRATO EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO
Bajo La Legislación Mexicana
Un convenio es un acuerdo voluntades para crear, transferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones
Y
Aquellos convenios que encaminados únicamente a producir o transferir obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley
Contratos que recaen sobre operaciones comerciales se regulan en México como contratos mercantiles
El Código Civil Federal reconoce actualmente en sus artículos 1834 y 1834 Bis que, cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por todas las personas a las cuales se imponga esa obligación
Conforme a los artículos 1792 y 1793 del Código Civil Federal
Comercio Electrónico
Se entiende la compraventa de productos y la contratación de servicios a través de Internet.
De acuerdo con el artículo 1860 del Código Civil Federal, mediante la oferta, el oferente propone al público objetos en determinado precio.
Una transacción típica de comercio electrónico cumple con los principios de oferta y aceptación. Puede dividirse en tres fases:
• Finalmente, el vendedor procesa la orden de pago y hace entrega del producto o presta el servicio respectivo al cliente.
En la segunda fase, el adquirente manifiesta su aceptación enviando una orden de pago al vendedor y
En la primera, un adquirente potencial accede a una página de Internet para obtener información sobre cierto producto o servicio que le interesa adquirir.
Una transacción de comercio electrónico presupone un esquema tradicional de oferta y aceptación para la concurrencia de voluntades recíprocas y correlativas.
Objeto del Contrato
Existe bajo la doctrina una división básica entre comercio electrónico directo e indirecto.
El comercio electrónico indirecto
Comprende las transacciones realizadas por medios electrónicos relativas a bienes tangibles, es decir, en soporte material, de modo que la entrega del producto o la realización del servicio no puede tener lugar en línea
Comercio electrónico directo
Engloba aquellos contratos electrónicos relativos a la entrega a través de Internet de bienes sin soporte físico o información digital.
La mayor parte del comercio electrónico directo está constituida por contratos cuyo objeto son bienes protegidos por derechos de propiedad intelectual
La utilización de Internet para la comercialización de bienes al público ha permitido el acceso a la contratación electrónica del usuario final que adquiere a través de Internet bienes o servicios
Formación del Contrato
Se deriva de la concurrencia entre la oferta y la aceptación.
El artículo 11 de la Ley Modelo de UNCITRAL sobre Comercio Electrónico, los mensajes de datos no deben ser objeto de discriminación respecto de los documentos consignados en papel,
La contratación electrónica va unida al empleo de medios técnicos novedosos en la emisión de declaraciones de voluntad.
El momento de celebración del contrato resulta controvertido en los casos en que las declaraciones de voluntad se intercambian entre ausentes a través de medios que no permiten una comunicación inmediata entre las partes.
La determinación del lugar de celebración del contrato es incierta en un entorno que facilita la contratación a distancia.
Tipos de contrato
Clasificación por forma (directo e indirecto)
Clasificación por emisión de declaraciones (puro o mixto)
Clasificación por sujetos (de consumo y mercantil)
Clasificación por forma de pago (electrónico y tradicional)
Clasificación por objeto de contrato (entrega y presentación)
Firma Electrónica
Representa un signo personal distintivo que permite informar acerca de la identidad del autor de un documento y manifestar su acuerdo sobre el contenido del acto.
El Código de Comercio, en su artículo 89, define a la Firma Electrónica como “los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante.
Existe bajo el Código de Comercio el concepto de Firma Electrónica Avanzada o Fiable, la cual constituye una Firma Electrónica que brinda mayor certeza al cumplir al menos con los siguientes requisitos contemplados en las fracciones I a IV del artículo 97 del mismo Código de Comercio
I. Los Datos de Creación de la Firma,15 en el contexto en que son utilizados, corresponden exclusivamente al Firmante;
II. Los Datos de Creación de la Firma estaban, en el momento de la firma, bajo el control exclusivo del Firmante;
III. Es posible detectar cualquier alteración de la Firma Electrónica hecha después del momento de la firma, y
IV. Respecto a la integridad de la información de un Mensaje de Datos, es posible detectar cualquier alteración de ésta hecha después del momento de la firma.
El comercio electrónico es actualmente una nueva forma de hacer negocios a nivel mundial.
Información recabada de EL CONTRATO EN EL CONTEXTO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO LuisFranciscoRebosa.pdf