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Sujetos obligados a contribuir para los gastos públicos. Residencia fiscal…
Sujetos obligados a contribuir para los gastos públicos. Residencia fiscal.
Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas.
Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.
La Federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen
expresamente. Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones,
únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.
Para los efectos fiscales se entenderá por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos integra el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.
Personas Morales
Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal, sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
Tienen que pagar
Aportaciones de Seguridad Social
Derechos
Contribuciones de Mejora
Impuestos
Se consideran residentes
Las personas morales que hayan establecido en México la administración principal del negocio o
su sede de dirección efectiva.
Se considera domicilio fiscal
Cuando sean residentes en el país, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio.
Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto el que designen.
Personas Fisicas
Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, etc.), tiene obligaciones que cumplir y derechos.
Tiene que pagar
Aportaciones de Seguridad Social
Derechos
Contribuciones de Mejora
Impuestos
Se consideran residentes
Las de nacionalidad mexicana que sean funcionarios del Estado o trabajadores del mismo, aun cuando su centro de intereses vitales se encuentre en el extranjero.
Las que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando las personas físicas de que se trate también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales.
Se considera domicilio fiscal
Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades
Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación.
Eduardo Lopez Garcia