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Ley de Ingresos de la Federación - Coggle Diagram
Ley de Ingresos de la Federación
Monto estimado para el ejercicio 2020
$6,107,732,400,000
¿Qué es?
Ordenamiento jurídico propuesto por el poder ejecutivo y aprobado por el legislativo que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal.
¿De dónde se obtienen los ingresos?
-Impuestos.
-Derechos.
-Cuotas de seguridad social.
-Contribuciones de mejoras.
-Productos.
-Aprovechamientos.
-Emisión de bonos.
-Ventas de bienes, prestación de servicios y otros.
-Transferencias, asignaciones, subsidios y subvenciones, y pensiones y jubilaciones.
-Ingresos derivados de financiamientos.
Este ordenamiento tiene vigencia de un año, a partir del primero de enero hasta el 31 de diciembre, y debe presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar el 8 de septiembre de cada año anterior a su vigencia.
La Ley de Ingresos deberá ser aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre de acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El Decreto incluirá: la estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las entidades de control directo, así como los ingresos provenientes de financiamiento; las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, de las entidades y de la Ciudad de México, así como la intermediación financiera
La aplicación de recursos de hace de acuerdo a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Los recursos se concentran al mismo día de efectuada la recaudación, salvo casos extraordinarios.
Estímulos fiscales
Estímulo fiscal al diésel para maquinaria: Acreditamiento de IEPS contra ISR.
Estímulo fiscal al diésel para transporte público o privado: Acreditamiento de IEPS contra ISR.
Estímulo fiscal al diésel no combustionado usado en proceso productivo: Acreditación del IEPS del diésel utilizado en un proceso para elaborar otros bienes, sin que sea destinado a la combustión.
Estímulo para enajenación de libros, periódicos y revistas: Estímulo fiscal a quienes enajenen libros, periódicos y revistas. Consiste en una deducción adicional de un 8% al costo de los libros, periódicos y revistas que adquiera el contribuyente.
Estímulo a la inversión en cine nacional: El estímulo a la inversión en proyectos cinematográficos nacionales puede aplicarse en pagos provisionales.
Donación de bienes básicos de subsistencia humana: deducción de un 5% adicional del costo de ventas de bienes básicos para subsistencia humana para alimentación o salud, donados a donatarias autorizadas.
Disminución en pagos provisionales de PTU pagada en el ejercicio: Consiste en que la facilidad que indica que la PTU pagada en el ejercicio puede disminuirse también en pagos provisionales.
Estímulo en cuotas de peaje: Consistente en aplicar el 50% de la erogación por cuotas de peaje en la Red Nacional de Autopistas de Cuota, contra el ISR.
Estímulo en derecho de minería: Consiste en acreditar el derecho especial sobre minería contra el ISR.
Estímulo a la contratación de personas con discapacidad: Consiste en la deducción adicional de un 25% del salario pagado a personas con discapacidad.
Se otorgan con base en criterios de eficiencia económica, no discriminación, temporalidad definida y progresividad
Estímulos al Régimen de Incorporación Fiscal en materia de cálculo y entero de IVA e IEPS
Porcentajes para determinar el IVA en sectores específicos
Porcentajes para determinar el IEPS en sectores específicos
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará un estudio de ingreso-gasto con base en la información estadística disponible que muestre por decil de ingreso de las familias su contribución en los distintos impuestos y derechos que aporte, así como los bienes y servicios públicos que reciben con recursos federales, estatales y municipales.
Además, entregará a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de dicho órgano legislativo y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores lo siguiente:
Presupuesto de Gastos Fiscales
Reporte de las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta
Iniciativas en materia fiscal
Estas deberán incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas
Toda iniciativa en materia fiscal que envíe el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión observará lo siguiente:
I. Que se otorgue certidumbre jurídica a los contribuyentes.
II. Que el pago de las contribuciones sea sencillo y asequible.
III. Que el monto a recaudar sea mayor que el costo de su recaudación y fiscalización.
IV. Que las contribuciones sean estables para las finanzas públicas.