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Principios que fija la constitución para los tributos - Coggle Diagram
Principios que fija la constitución para los tributos
Principio de legalidad
En qué consiste
Es el principio que con mayor
Insistencia señala
Nuestra constitución nacional
Para leyes impositivas la cámara
De origen es la de diputados. La
Ley debe definir el hecho imponible
Y sus elementos
Que necesita para su imposición
Creado por la ley
Seguir los requisitos
formales de una ley
Emanar del órgano
Competente
Fuentes normativas
Artículo 19
Artículo 52
principio de igualdad
En qué consiste
Se trata de asegurar el
Mismo tratamiento para
Quienes se encuentran en
Situaciones analogas
Es igualdad por rangos de igual capacidad
Contributiva
Permite la formación de
Categorías
Fuentes normativas
Artículo 16
principio de generalidad
En qué consiste
Los tributos deben abarcar
Íntegramente a las distintas
Categorías de personas o
Bienes
Debe abarcar las distintas
Exteriorizaciónes de la
Capacidad contributiva
Fuentes normativas
Artículo 16
principio de proporcionalidad
En qué consiste
Establece que el tributo debe
Ser proporcial al capital
A la renta y al consumo
Es razonable exigir más
A aquellos que poseen
Mayor patrimonio o renta
Fuentes normativas
Artículo 4
Artículo 75
principio no confiscatoriedad
En qué consiste
Los tributos no pueden absorber
Una parte sustancial de la
Propiedad o de su renta
Propiedad privada
Fuentes normativas
Artículo 14
principio de retroactividad
En qué consiste
El Congreso puede sancionar
leyes tributarias retroactivas
siempre que no se afecte la garantía
constitucional sobre
propiedad privada.
Es un principio criticable,
Debido a que la ley debería ser
Siempre preexistente a los
Hechos sobre los cuales se va
A aplicar
Fuentes normativas
Artículo 3
Artículo 17
Artículo 18
principio de equidad
En qué consiste
se refiere a que debe ser equitativo
el monto del impuesto en sí
y la oportunidad en que se lo aplique
Un tributo es justo cuando considera
Las garantías de: legalidad, igualdad,
generalidad, proporcionalidad,
no confiscatoriedad e irretroactividad.
Fuentes normativas
Preámbulo de
La Constitución
Artículo 4