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FERIADO BANCARIO, Sixto Durán Ballén, El costo de la crisis financiera fue…
FERIADO BANCARIO
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Según Puyana (Chamba, Morales, Moreno & Carillo, 2020, p.666)
Según Larrea (citado en Observatorio Anticorrupción, s.f.) en 2000 la pobreza se incremento al 69%.
Según (Amieva & Urriza, 2000)
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Sixto Durán Ballén
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Las disposiciones establecidas en esta Ley respecto del financiamiento electoral y su rendición de cuentas eran vagas y ambiguas.
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La Coordinadora de Movimientos Sociales organiza protestas por la crisis económica. Jaime Hurtado, diputado del MPD, es asesinado en las afueras del Congreso Nacional.
El Banco Central anuncia la flotación del tipo de cambio; una ola especulativa dispara el dólar a 19.000 sucres, golpeando fuertemente al sector productivo.
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La debilidad en la regulación y supervisión bancarias, la precipitación en los esquemas de liberalización financiera, los aspectos contables inadecuados, el aumento en los márgenes de intermediación financiera y en la cartera vencida.
El BCE concedió varios de estos créditos a empresas fantasmas, cuyos propietarios eran dueños de la banca privada.
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El desarrollo de la supervisión bancaria era totalmente deficiente porque los supervisores no tenían una adecuada capacitación técnica.
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Inflación de 60,7% a diciembre de 1999.
"La población no lograba cubrir sus deudas y se generó un incremento descontrolado de la cartera vencida" (p.666).
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Chamba Bastidas, L. A., Morales Noriega, A. M., Moreno Lara, J. L., & Carrillo Barragán, C. E. (junio de 2020). La dolarización a consecuencia de la crisis económica del Ecuador en 1999. Revista Cientifica Dominio de las Ciencias, 6(2), 653-674. Obtenido de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7491398
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Amieva, J., & Urriza, B. (2000). Crisis Bancaria; Causas, costos, duración, efectos y opciones de políticas. Ecuador.
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Un levantamiento indígena obliga al gobierno a sentarse en la mesa de negociaciones y a retroceder en algunas medidas económicas tomadas.
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El Filanbanco cierra definitivamente sus puertas. Se da un nuevo “feriado” y “congelamiento bancario” para los clientes de dicha institución.
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El Jefe de Estado destacó que en la Constitución se prohíbe los feriados bancarios, como lo determina el artículo 308 de la Carta Magna, en donde se prohíbe explícitamente el congelamiento o la retención arbitraria o generalizada de los fondos, depósitos en las instituciones financieras públicas o privadas.
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