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Formas de Transmisión de las obligaciones Civiles - Coggle Diagram
Formas de Transmisión de las obligaciones Civiles
Es el traspaso a otra persona la posición como acreedor o deudor.
Se exceptúan los derechos que se encuentran fuera del patrimonio y los que estén prohibidos por la ley.
Actos entre vivos.
Contratos, acuerdos o legislación.
Por muerte.
Legados o herencias.
Cesión de Derechos
Es un acuerdo donde el cedente (acreedor) transmite sus derechos a una tercera persona llamada cesionario. Por lo que el cesionario se coloca por el acuerdo en el lugar del cedente como el acreedor.
Características.
La relación jurídica permanece inalterada.
Acuerdo de transmisión con intercambio económico o no.
No es necesario el consentimiento del deudor.
Modificación del sujeto activo, es sustituido por otro.
Cesión de Deudas
Es un acuerdo entre el deudor y la persona que asume la deuda, que se llama asuntor. El cual consiste en hacerse responsable de la obligación que tenía el deudor.
Características.
Modificación del sujeto pasivo.
La relación jurídica permanece inalterada con asunción de deuda.
Acuerdo de transmisión.
El acreedor tiene que dar su consentimiento tácito.
Subrogación
Es la modificación de un contrato para sustituir a una persona por otra. En el ejercicio de una atribución o en el cumplimiento de una obligación.
En la posición del acreedor.
Mediante una compra o consolidación de la deuda.
El objetivo es mejorar las condiciones de financiamiento para el prestatario.
En la posición del deudor.
Se modifica el deudor siempre y cuando el acreedor lo acepte después de analizar su riesgo de crédito para asegurar su solvencia.
Tiene como ventaja que no existe el pago de impuestos adicional debido a que no se esta realizando una nueva transacción.
Se puede dar cuando se adquiere una vivienda con una hipoteca pendiente de pago.