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LEY 1.613 - Coggle Diagram
LEY 1.613
capitulo I
FINES Y PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN FORMOSEÑA
LA EDUCACIÓN ES CUESTIÓN DEL ESTADO.
ES UN DERECHO HUMANO.
FORMADORA DEL DESARROLLO PLENO Y ARMÓNICO
RECONOCEDORA DE LA FAMILIA COMO ÁMBITO NATURAL, EN LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS.
INTEGRADORA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN UN CONTESTO DE EQUIDAD
CAPITULO II
Derecho y Deberes
LOS PADRES DEBEN EJERCER LA RESPONSABILIDAD DE GARANTIZAR LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS.
elegir el tipo de educación para sus hijos.
participar con compromiso en la relacion escuela comunidad.
capitulo III
DERECHO Y OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES
DEBEN AJUSTAR SU COMETIDO PROFESIONAL A LOS LINEAMIENTOS
RESPETAR A LOS ALUMNOS
CONOCER Y APLICAR LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA EDUCATIVA.
ACCEDER A UNA FORMACIÓN CONTINUA Y PERMANENTE
APLICAR MODELOS DIDÁCTICOS QUE ENFATICEN EL DESARROLLO DE CAPACIDADES.
CAPITULO IV
SER CENTRO Y DESTINATARIO DEL HECHO EDUCATIVO
SER RESPETADO EN SU DIGNIDAD E INTEGRIDAD.
CONOCER Y APLICAR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
ESMERARSE EN EL DESARROLLO DE SU CAPACIDADES Y COMPETENCIAS.