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Interpretación de las normas fiscales - Coggle Diagram
Interpretación de las normas fiscales
Artículo 5 del CFF
Las que establecen cargas a los particulares y excepciones, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta.
Las disposiciones fiscales se interpretaran aplicando cualquier método de interpretación jurídica.
A falta de norma fiscal expresa, se aplicaran supletoriamente las disposiciones del derecho federal común.
Serán de aplicación estricta aquellas normas que establezcan:
Cargas u obligaciones a los particulares
Excepciones a las obligaciones fiscales
Infracciones
Sanciones
Normas fiscales
Se puede aplicar cualquier método de interpretación fiscal aun tratándose de normas que establecen cargas, excepciones a obligaciones, infracciones o sanciones.
Las normas fiscales pueden interpretarse
conforme a los distintos métodos de interpretación.
Poder Judicial
Ha señalado que para la interpretación de las normas que establecen cargas, excepciones a obligaciones, infracciones y sanciones.
Se debe partir del texto literal de la norma, lo que no implica que este prohibido acudir a los diversos métodos de interpretación reconocidos por la ciencia jurídica.
En cuanto a la aplicación estricta, señala que se trata de constreñir la aplicación de las normas, única y exclusivamente a las hipótesis jurídicas y a las situaciones de hecho que coincidan con lo previsto en la norma.