REGISTRO PÚBLICO MARÍTIMO NACIONAL.
Regulado en la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, es un Registro a cargo de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, en el se inscriben los siguientes actos jurídicos: Los correspondientes a navieros, agentes navieros mexicanos, así como los operadores, los contratos de adquisición, enajenación o cesión, así como los constitutivos de derechos reales, traslativos o extintivos de propiedad, sus modalidades, hipotecas y gravámenes sobre las embarcaciones mexicanas, cualquier otro contrato o documento relativo a embarcaciones, comercio marítimo y actividad portuaria.