aL importación para el consumo, la Admisión de mercaderías con exoneración de tributos aduaneros de importación, a Reimportación en el Mismo Estado, la Exportación definitiva, el Transito aduanero, el Transbordo, el Depósito de aduana, la Devolución del gravamen arancelario , la Admisión temporal para reexportación de mercancías en el mismo estado, la Admisión temporal para perfeccionamiento activo (RITEX), el Régimen de reposición de mercancías en franquicia arancelaria, la Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, el Régimen de viajeros, la Introducción de menaje doméstico,
Los Envíos de paquetes postales y de correspondencia, el Ingreso y salida de documentos, el Cabotaje, las Tiendas libres de tributos las Mercancías para ferias de exposición internacional, la Permanencia o salida de los muestrarios para fines de exhibición, la Consolidación y Desconsolidación de Carga Internacional, el Material para uso aeronáutico, los Efectos personales de miembros de tripulación, los Vehículos de turismo, el ingreso y salida de bienes de uso militar y material bélico, la importación del material monetario, el equipamiento destinado a las instituciones públicas de salud, los materiales y suministros para fines de investigación científica y tecnológica mediante autorización ministerial y, las Zonas Francas.
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