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limites de la reforma constitucional en Colombia (limites materiales a la…
limites de la reforma constitucional en Colombia
la reforma constitucional en la constitución del 91
las limitaciones formales de la reforma
se analizan distintas posibilidades de modificación de la constitucion del 91
convocatoria a asamblea constituyente
significa la eleccion de una corporación para que tramite la reforma
iniciativa
parece restringirse al congreso
no solo el congreso, sino que otras entidades como el gobierno, algunos organismos y los ciudadanos pueden iniciar un proceso de modificación por esta vía
tramite
aprobacion de la ley por referendo
una vez aprobada en el congreso, se sometería a la ratificacion popular, mediante elecciones.
se dara aprobacion de la propuesta de reforma si así lo aprueba el 33,3% de los integrantes del censo electoral.
el cuestionario sometido en las preguntas puede ser amplio, y cada una de las preguntas se convierte en una elección particular
eleccion de la asamblea y actuación de esta
una vez aprobada la delegación de poder
se procedera a convocar a las elecciones de dicha corporación.
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ley de convocatoria
una vez iniciado el tramite de la reforma, la ley de convocatoria debe ser aprobada en el congreso por mayoría de los miembros de una y otra cámara
si las potestades de reforma son de carácter general, el referendo en un plebiscito
control de constitucionalidad
solo se refiere a vicios de forma en su constitucion
naturaleza juridica
Asamblea Nacional seria un nombre mas adecuado
la naturaleza jurídica tiene un doble carácter
se trata del ejercicio de un poder limitado a la ley de delegación aprobada por el congreso. sus potestades hacen parte del poder de revisión o poder constituyente constituido con las características de de una "ley de reforma de la constitución"
cuando las potestades delegadas son de carácter general, la aprobacion de la ley de referendo es mayoritaria. se admite la tesis de que la asamblea ejercitara un poder constituyente pleno, restringido solamente respecto a la finalidad de hacer constitucion.
referendo constitucional
iniciativa
tiene capacidad de presentar la propuesta el gobierno y un numero de ciudadanos igual o superior al 5% del censo electoral vigente a la fecha
en el caso de que la propuesta por iniciativa popular sea rechazada por el congreso, los proponentes tendrán 6 meses para completar un numero de solicitantes que equivalgan al menos al 10% del censo electoral
tramite
una vez presentada la ley, se aprueba por cada una de las cámaras por mayoría absoluta.
el proyecto se sometería a referendo una vez que la corte constitucional haga control de Constitucionalidad por vicios de procedimiento.
las propuesta debe ser votada por lo menos por el 5% de los ciudadanos que hacen parte del censo electoral. la aprobación de la reforma requiere del voto afirmativo da la mitad mas uno de los sufragantes
aspectos problemáticos
unidad de materia
la corte entiende que una reforma cumple con el requisito de unidad de materia cuando el proyecto tiene como objetivo reformar la constitucion
debate en el congreso y posibilidad de modificacion
el congreso puede modificar la preguntas planteadas por el gobierno y alterar el cuestionario sobre los temas específicos, pero carece de competencia para introducir temas distintos a los planteados por el gobierno
tramite de urgencia
si la propuesta es presentada por los ciudadanos, se dara prioridad y celeridad al proyecto con la deliberación conjunta de las cámaras
principio de publicidad y adiciones posteriores
la corte se otorga la facultad de dar una interpretación final acerca de si existe una relación temática con temas incluidos de ultima hora, para así determinar si se vulnera o no el principio de publicidad
libertad de voto
el referendo sera presentado de tal manera que los lectores puedan escoger libremente en el temario o articulado qué votan positivamente y qué negativamente
naturaleza juriidca
se trata de un mecanismo de control a la democracia del Parlamento
la naturaleza del acto que convoca a refrendo tiene vocación de ley con características especiales, se asemeja en el procedimiento a una ley ordinaria
acto legislativo
iniciativa
pueden presentar proyectos de acto legislativo el Gobierno, 10 miembros del congreso, el 20% de los concejales o diputados y un numero de ciudadanos equivalente al menos al 5% del censo electoral
tramite
el tramite del proyecto tendrá lugar en dos periodos ordinarios y consecutivos. Aprobado en el primero de ellos por la mayoría de los asistentes, el proyecto será publicado por el gobierno. En el segundo periodo la aprobación requerirá el voto de la mayoría de los miembros de cada cámara
entre debates deberá mediar un lapso de 8 dias. entre la aprobación en una cámara y remitiría a otra deberán pasar por lo menos 15 dias
el proyecto tiene que ser aprobado por mayoría simple. en le segundo periodo la aprobación requerirá de la mayoría de los miembros de las cámaras.
naturaleza juridica
tiene un rango superior al de la ley
es una ley de reforma
referendo facultativo derogatorio
temas de la reforma impugnables
contenido protegido
mecanismos de participación ciudadana
reformas a la rama legislativa
derechos fundamentales del capitulo I titulo II de la C. Política
umbral minimo
el umbral para entrar a mirar los votos positivos y negativos es el 25% del censo electoral vigente
actos de reforma impugnables
son impugnables las normas constitucionales aprobadas por le congreso, es decir las normas que han sido tramitadas por medio del acto legislativo ordinario
termino para la impugnacion
el termino para proponer la impugnación de un reforma constitucional por acto legislativo o por asamblea constituyente se debe solicitar dentro de los seis meses siguientes a la promulgación del acto
limites materiales a la reforma constitucional en Colombia
tesis planteada
la constitucion Colombiana posibilita un régimen abierto de modificación de esta.
sin embargo, cualquier intento de deformar o cambiar los valores o principios de la constitución por intermedio de la modificación reglada de esta, será nulo y podría ser declarado inconstitucional
principios basicos
estado social de derecho
democracia participativa
descentralización y autonomia de las entidades territoriales
pluralismo
dignidad humana
adopción del principio de limites materiales
se refiere a la conservación de la identidad política de la nación
vicios de competencia como fundamento de los limites materiales
la corte admite dentro de su interpretación la distinción entre vicios de procedimiento y los vicios en su contenido material.
toda constitución impone limites materiales al poder de reforma del constituyente derivado, por ser este un poder constituido y no el poder constituyente original
noción de limites materiales a la reforma adoptada por la corte constitucional
los limites puedes ser formales o materiales
un poder de reforma sin limites competencia les elimina la distinción básica entre poder constituyente originario y poder constituyente derivado o de reforma
el constituyente derivado no tiene competencia para destruir la Constitución