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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL (COMPETENCIAS (Planificar,…
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL
AUTORIDADES
PREFECTO O PREFECTA
ATRIBUCIONES
Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan provincial de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos.
Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad y en la sesión subsiguiente, medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al consejo, en la sesión subsiguiente, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación.
Coordinar un plan de seguridad ciudadana acorde con la realidad de cada provincia y en armonía con el plan nacional de seguridad ciudadana, articulando para tal efecto el gobierno
autónomo provincial, el gobierno central a través del organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional.
Ejercer la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado provincial.
Dirigir la elaboración del plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los distintos gobiernos autónomos
descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores de los sectores públicos y
la sociedad.
VICEPREFECTO O VICEPREFECTA
ATRIBUCIONES
Subrogar al prefecto o prefecta, en caso de ausencia temporal mayor a tres días, durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el o la viceprefecta asumirá hasta
terminar el período.
Integrar el consejo provincial con derecho a voz y voto.
Cumplir las funciones, representaciones y responsabilidades delegadas por el prefecto o prefecta.
Los viceprefectos o viceprefectas no podrán pronunciarse en su calidad de consejeros o consejeras, sobre la legalidad de los actos o contratos que hayan ejecutado durante sus funciones
como ejecutivos.
Las atribuciones propias de los y las consejeras provinciales.
COMPETENCIAS
Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad.
Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas.
Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego de acuerdo con la Constitución y la ley.
Fomentar las actividades productivas provinciales, especialmente las agropecuarias.
La gestión ambiental provincial.