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FUENTES DEL DERECHO. (Fuentes Reales o Materiales. (Son sucesos o…
FUENTES DEL DERECHO.
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Fuentes Históricas
Son documentos antiguos que contienen dispocisiones jurídicas que en algún caso sirven como inspiración , modelo o simple guía al legislador para crear nuevas normas jurídicas.
Como son.
Derecho Romano, por ser esta una de las primeras fuentes del derecho escrito.
Fuentes Formales.
Son los procesos de creación de las normas jurídicas. Para poder obtener derecho de éstas fuentes fue necesario seguir una serie de actos que darán como resultado una determinada norma jurídica la legislación, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina
FUENTES FORMALES DIRECTAS.
Son aquellas que contienen y exteriorizan la norma jurídica de cumplimiento obligatorio; se incluye dentro de ellas :
La costumbre.
Es la regulación de la conducta surgida espontáneamente de un grupo social y de observancia voluntaria para quienes lo constituyen, sin que ante su infracción quepa la posibilidad de la imposición forzosa por la autoridad, salvo que se encuentre incorporada al sistema jurídico nacional.
La jurisprudencia.
Conjunto de principios y doctrinas contenidos en la decisiones de los tribunales. Conjunto de principios generales emanados de los fallos uniformes de los tribunales, para la interpretación y aplicación de las normas jurídicas; normas individuales emanadas de sentencia pronunciadas por los tribunales de justicia.
La legislación
Proceso mediante el cual los órganos del Estado, (el Congreso de la Unión, que se conforma por la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores), crean las normas jurídicas generales, abstractos y obligatorias que integran la ley.
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FUENTES FORMALES INDIRECTAS.
No tienen la norma del derecho.
Pero contribuyen a su creación, por ejemplo: La doctrina de los juristas, la jurisprudencia, los principios generales del derecho.
LA DOCTRINA
Son estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito puramente teórico de sistematización de sus preceptos, ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de aplicación.
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
Son verdades jurídicas notorias, indiscutibles, de carácter general, elaborados o seleccionados por la ciencia del Derecho, de tal manera que el Juez y magistrado pueda dar la solución que el mismo legislador hubiera pronunciado si hubiera estado presente.
A falta de ley, se resolverá conforme a los principios generales del Derecho.
DEFINICIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO.
Es el principio u origen, el lugar donde nace o se produce algo, la causa o la explicación de una cosa.
En la terminologia jurídica, tiene tres concepciones que es necesario distinguir, se habla de las fuentes formales, reales e históricas.
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