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DE LOS PASAJEROS DE TRANSPORTE (Art.298. En el caso de que los pasajeros…
DE LOS PASAJEROS DE TRANSPORTE
ESCOLAR
Art. 296 RLOTTTSV. Los pasajeros de transporte escolar tienen derecho a ser transportados de forma que garantice su seguridad, para lo cual deberán seguir las siguientes normas
Extremar la prudencia en la circulación y cumplir con los límites de velocidad
Contar con una persona adulta responsable que acompañe en todo momento a los pasajeros
Llevar la cantidad de pasajeros de acuerdo a las plazas con las que cuenta la unidad
Cumplir con un servicio puerta a puerta
Mantener una adecuada higiene de la unidad
Garantizar la integridad física de los pasajeros especialmente en el ascenso y descenso del vehículo
Si fuere el caso, los demás vehículos que circulen por las vías de uso público, detendrán su marcha para facilitar el paso del vehículo de transporte escolar
POR CUENTA PROPIA
Art. 297. RLOTTTSV. Los pasajeros del transporte por cuenta propia tienen las siguientes obligaciones
Abstenerse de ejecutar a bordo de la unidad actos que contravengan disposiciones legales o reglamentarias
Abstenerse de arrojar desechos desde el interior del vehículo
Hacer uso correcto del cinturón de seguridad
Abstenerse de llevar mascotas en el asiento delantero
Abstenerse de llevar niñas o niños sobre las rodillas o junto al conductor
Abstenerse de llevar paquetes de cualquier tipo sobre las rodillas
Art.298. En el caso de que los pasajeros sean niños menores de 12 a;os de edad los adultos a cargo están obligados a cumplir con las siguientes normas de seguridad
Deberán ir sentados en los asientos posteriores del vehículo, con cinturón de seguridad o a su vez usando un cinturón de seguridad
Colocar seguro de puertas para menores en los asientos posteriores
No permitir que los menores jueguen dentro del vehículo, toquen las puertas, molesten al conductor, arrojen desperdicios
No dejar en ningún momento solos a los menores dentro del automóvil