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CONTRAVENCIONES DE QUINTA CLASE (Será sancionado con una multa equivalente…
CONTRAVENCIONES DE QUINTA CLASE
Será sancionado con una multa equivalente al 15% de un SBU del trabajador en general y reducción de 5 puntos en la licencia de conducir
La o el conductor que al descender por una pendiente, apague el motor de su vehículo
La o el conductor que realice cualquier acción ilícita para evadir el pago de los peajes en los sitios legalmente establecidos
La o el conductor que conduzca un vehículo en sentido contrario a la vía normal de circulación
La o el conductor de un vehículo a diésel cuyo tubo de escape no esté instalado de conformidad con los reglamentos de tránsito
La o el propietario o conductor de un vehículo que en caso de emergencia o calamidad pública, luego de ser requerida, se niegue a prestar la ayuda solicitada
La o el conductor de vehículos que ante las señales de alarma o toque de sirena de un vehículo de emergencia, no deje la vía libre
Art. 219 (RLOTTTSV) Todo conductor, ante la aproximación de un vehículo de emergencia que transita en cumplimiento de sus funciones. Observará las siguientes reglas
El conductor de otro vehículo que circule en el mismo sentido, debe ceder el derecho de vía, conduciéndose hacia el costado
Los vehículos que lleguen a una intersección, a la cual se aproxima un vehículo de emergencia, deberá detenerse o ceder su derecho de vía
Cuando un vehículo de emergencia se aproxime a un cruce con luz roja u otra señal de detención, deberá reducir la velocidad y cruzar solamente cuando los demás vehículos le hayan cedido el paso
La o el conductor que detenga un vehículo en lugares no permitidos, para dejar o recoger pasajeros o carga, o por cualquier otro motivo
La o el conductor que estacione un vehículo en cualquier tipo de vía, sin tomar las precauciones reglamentarias para evitar un accidente
La o el conductor de un taxi, que no utilice el taximetro las 24 h altere su funcionamiento o no lo ubique en un lugar visible para el usuario
La o el conductor de un vehículo que tenga la obligación de contar con cinturones de seguridad y no exija el uso del mismo a sus usuarios o acompañantes
La o el conductor que haga cambio brusco o indebido de carril
La o el conductor de un vehículo de transporte público masivo de pasajeros que cargue combustible cuando se encuentre prestando servicio de transporte
La o el conductor que lleve en sus brazos o en sitios no adecuados a personas, animales u objetos
La o el conductor que conduzca un vehículo sin luces o no realice cambios de las mismas en las horas y circunstancias que establecen los reglamentos
La o el conductor que adelante a un vehículo de transporte escolar mientras este se encuentre estacionado en lugares autorizados
La o el conductor de vehículos de propiedad del sector público ecuatoriano que conduzca el vehículo oficial fuera de las horas de oficina
La o el conductor de vehículo de transporte público masivo que niegue a transportar a los ciclistas con bicicletas
La o el conductor que no respete el derecho preferente de los ciclistas en los desvíos, avenidas y carreteras
La o el conductor que invada con su vehículo, circulando o estacionándose en las vías asignadas para uso exclusivo de los ciclistas
La o el conductor de motocicletas que transporte un número de personas superior a la capacidad permitida
La persona que altere la circulación y la seguridad peatonal por colocar obstáculos en la vía pública sin la respectiva autorización
La o el conductor que deje en el interior del vehículo a niñas o niños solos, sin supervisión de una persona adulta