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Ley Federal del Trabajo (Expedida…
Ley Federal del Trabajo (Expedida el 1° de Abril de 1970
Título Decimo Sexto - Responsabilidades y Sanciones
Art.994. Se impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo
general,
al patrón que no observe
en la instalación de sus establecimientos
las normas de seguridad e higiene
o las medidas que fijen las Leyes para prevenir los riesgos de trabajo.
Art.992. Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por
los patrones o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título...
Para la imposición de las sanciones se tomará en cuenta lo siguiente:
III. Los daños*
que se hubieran producido o pudieran producirse.*
IV. La capacidad económica del infractor.
II. La gravedad*
de la infracción.*
V. La reincidencia del infractor.
I. El caracter intencional o no de la acción u omisión constitutiva
de la infracción.
Título Décimo Quinto - Procedimientos de Ejecución
Título Décimo cuarto - Derecho Procesal del Trabajo
Título Décimo tercero - Representantes de los Trabajadores y de los Patrones
Titulo Undécimo -
Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
Art.540.
La inspección del trabajo tiene las
funciones
siguientes:
III. Poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo
que observe en las empresas y establecimientos.
IV. Realizar los estudios y acopiar los datos que le soliciten las autoridades y los que juzgue conveniente
para procurar la armonía de las relaciones entre los trabajadores y patrones.
II. Facilitar información técnica y asesorar a los trabajadores y a los patrones
sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo.
V. Las demás que les confieran las leyes.
I. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo.
Título Décimo -
Prescripción
Art.516.LAs acciones de trabajo prescriben en un año
, contado a partir del día sig. a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignana en los artículos siguientes.
Art.519. Prescriben en dos años:
II: Las acciones de los beneficiarios
en casos de muerte por riesgo de trabajo.
I. Las acciones de los trabajadores
para reclamar el pago de inmdemnización por riesgo de trabajo.
III. Las acciones para solicitar la ejecución de los laudos*
de las juntas de Conciliación y Arbitraje en los convenios celebrados ante ellas. *
Titulo Noveno - Riesgos de Trabajo
Art.509 Comisión de seguridad e higiene
Art.510.
Las comisiones de seguridad e higiene se desempeñaran de
forma gratuita durante las horas de trabajo.
Art.472.
Los riesgos de trabajo
se aplican a todas las relaciones de trabajo.
Art.473.
Riesgos de trabajo
son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio ocon motivo del trabajo.
Título Octavo - Huelgas
Título Séptimo - Relaciones Colectivas de Trabajo
Capítulo V. Reglamento Interior de trabajo.
Art.422.
Reglamento Interior de trabajo:
Es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajados en una empresa
o establecimiento.
Art.423. El reglamento contendra.
VI. Normas para prevenir los riesgos
de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios
VII. Labores insalubres y peligrosas
que
no deben desempeñar los menores
y la
protección que deben tener
las trabajadoras
embarazadas.
VIII. Tiempo y forma
en que los trabajadores deben someterse a
los exámenes médicos
, previos o periódicos , y a las medidas profilacticas que dicten las autoridades.
XI. Las demás normas necesarias
acorde con la naturaleza de la empresa para
conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo.
Título Sexto - Trabajos Especiales
Trabajadores de Confianza.
Título Quinto - Trabajo de las Mujeres
Art.167. No podrá hacer trabajos insalubres o peligrosos.
Art.168. Declaratoria de contingencia sanitaria.
Art.166. La mujer
en edo. de gestación o lactancia,
no podrá utilizar su trabajo en lugares insalubres o peligrosas,
Título Cuarto - Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
Art.132.
Son
Obligaciones de los patrones:
XV. Proporcionar capacitación y adiestramiento
XVI. Instalar y operar el lugar de trabajo
de acuerdo a reglamentos y normas
oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente del trabajo.
XVII: Cumplir el Reglamento y NOMs
XVIII. Fijar visiblemente y difundir
las disposiciones,
reglamentos y NOMs *
en materia de seguridad, salud y medio ambiente.*
Difundir al trabajador la información
sobre los
riesgos y peligros
a los que está
expuesto
.
Art.133
. Son
Obligaciones de os trabajadores:
VIII. Prestar auxilio
, en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por
siniestro o riesgo inminente peligren las personas
...
X. Someterse a reconocimietnos médicos
, previsto en el reglamento interno y normas vigentes, en la empresa para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo contagiosa e incurable.
II. Observar el Reglamento, las NOM
en materia de
salud, seguridad y medio ambiente.
Y los
procedimientos internos
de
Seguridad y protección personal
que indique el patrón.
XII. Comunicar al patrón .. las deficiencias que adviertan
a fin de evitar daños
o perjuicios
a los intereses y vidas de sus compañeros **de trabajo y los patrones.
I. Cumplir las normas
de trabajo que le sean aplicables.
Art.135
. Queda
prohibido a los trabajadores:
I: Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad
,
la de sus compañeros
de trabajo o
a terceras personas
, así como a
los lugares en que el trabajo se desempeñen.
Título Tercero - Condiciones de Trabajo
Título Segundo - Relaciones Individuales de Trabajo
Art. 46
El patrón puede rescindir de su trabajador
sin incurrir en responsabilidad
por causa justificada
Art. 47 Causas de rescisión:
VII. Comprometer la seguridad del lugar y personas
XII
Negarse el trabajador a adoptar medidas preventivas o procedimientos
para evitar accidentes o enfermedades.
XIII. Presentarse a trabajar en estado de embriaguez, narcótico o droga enervante
(a menos que sea prescrita por médico y se de conocimiento al jefe antes de iniciar la jornada).
El patrón que despida
a un trabajador
debe darle aviso
:
De manera escrita
Personalmente y comunicarlo a la Junta de conciliación
La falta de aviso personalmente causa nulidad del despido
Transitorios
Tïtulo Primero - Principios Generales
Art. 1
Rige las
relaciones de trabajo en el "Art. 123,Apartado A"
de la Consttitución.
Art. 2 Trabajo digno o decente
, condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. ->
IGUALDAD, NORMAS
.
Art. 5 No producirá efecto legal la renuncia a mis derechos
de
seguridad e higiene consignados en las leyes mexicanas.
Art. 6
Las leyes y
tratados aplican solo
a los que
beneficien al trabajador.
Título Quinto BIS - Trabajo a los menores
Art.173.
El trabajo a menores
queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo .
Identificar y erradicar el trabajo infantil
Art.175.
Queda
prohibida la utilización de trabajo a menores.
II. En expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato,
cantina o tabernas y centros de vicio.
III. En trabajos suceptibles de afectar su moralidad
o buenas costumbres.
I. En establecimientos no industriales después
de las
10 de la noche
.
IV. En labores peligrosas o insalubres
, que por la naturaleza del trabajo... son capaces de actuar sobre la vida , el desarrollo y la salud física y mental de menores.
Título Duodécimo - Personal Jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje