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CONTRATOS DE BUENA FE (Societas (sociedad). (Contrato consensual en el que…
CONTRATOS DE BUENA FE
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Societas (sociedad).
Contrato consensual en el que dos o más personas (socii) aportan bienes o trabajo, para obtener una ventaja común.
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Mandatum (mandato).
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Puede ser omnium rerum (para todos los asuntos) o unius rei (para un solo asunto); muy frecuentemente el liberto es procurator omnium rerum, en atención al patronatus. Para el romano en general, el aceptar un mandato es un deber moral (officium)
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