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ENAJENACIÓN DE BIENES DE PERSONAS FÍSICAS Artículo 147 LISR…
ENAJENACIÓN DE BIENES DE PERSONAS FÍSICAS
Artículo 147 LISR
DETERMINACIÓN DE ISR ANUAL SOBREGANANCIA ACUMULABLE
Ingresos por enajenación de bienes inmuebles.
( / ) Número de años transcurridos desde la fecha de adquisición y la enajenación
(=) Ganancia acumulable
(=) Ganancias por enajenación de bienes inmuebles
(-) Estimulo fiscal Art. 218 LISR
(-) Deducciones Art. 148 LISR
(-) Deducciones personales (IV, V, VI, y VII)
(-) Ingresos exentos Art. 109 LISR
(-) Deducciones personales ( I,II,III)
(=) Total ingresos acumulables o base gravable del ejercicio
(x) Aplicación tarifa del Art. 177 LISR
(=) Impuestos sobre ingresos acumulables (A)
DETERMINACION DE ISR SOBRE LA GANANCIA NO ACUMULABLE.
Ganancias por enajenación de bienes inmuebles
(=) Ganancia no acumulable
(x) Tasa (inciso a), Fracción III, Artículo 147 de la LISR
(-) Ganancia acumulable
(=) Impuesto sobre ingresos no acumulables (B)
DETERMINACIÓN DE LA GANANCIA
Ingresos por enajenación de bienes inmuebles
(-) Deducciones Art. 148 LISR
(=) Ganancia por enajenación de bienes inmuebles
(-) Ingresos exentos Art. 109 LISR
Gananacias por enajenación de bienes inmuebles
(+) Número de años transcurridos desde la fecha de adquisición y la enajenación
(=) Ganancia Acumulable.
DETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO
Impuesto sobre ingresos acumulables (A)
(+) Impuesto sobre ingresos no acumulables (B)
(=) ISR anual del ejercicio.