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L. 6/2020
reguladora de determinados aspectos de los servicios…
L. 6/2020
reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
Deroga la L. 59/2003 .
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Sanciones (art 19)
- muy graves ==> de 150.001 hasta 300.000 euros
- graves ==> de 50.001 hasta 150.000 euros
- leves ==> hasta 50.000 euros
Plazos
2 meses
- Notificar cese actividad por parte del prestador cualificado (art 9.3.c)
3 meses
- Comunicar inicio y cese de actividad por parte de los prestadores de servicios de confianza NO cualificados (art 12)
6 meses
- plazo máximo para dictar y notificar resolución en el procedimiento de verificación previa de cumplimiento de los requisitos (art. 6.2)
no superior a 5 años
- Periodo de vigencia de los certificados cualificados (art 4.2)
15 años
- período de tiempo durante el que deberán conservar la información relativa a los servicios prestados (art 9.a)
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2 años
- comisión de una infracción grave en el plazo de dos años desde que hubiese sido sancionado por una infracción grave de la misma naturaleza (art 18.2a)
1 año
- Al aplicar las sanciones se tendrá en cuenta la reincidencia en ese periodo (art. 19.2d)
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