Capitalización de saldos adeudados de COFIDE: Autorízase la capitalización de los saldos adeudados al 31.12.2017 por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE al Ministerio de Economía y Finanzas, correspondientes a los montos desembolsados al 31.07.17, en virtud a los Convenios de Traspaso de Recursos aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales Nos. 086-2013-EF/52, 1092014-EF/52; 118-2014-EF/52; y 144-2016-EF/52. De conformidad con lo establecido en la Ley 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, COFIDE emite, a nombre del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, las acciones correspondientes a la capitalización autorizada por esta disposición. Asimismo, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Economía y Finanzas y COFIDE suscriben la respectiva Acta de Conciliación. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, la atención del servicio de deuda, comisiones y demás gastos asociados a los montos materia de la capitalización, a que se refi ere esta disposición, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestales que le correspondan, en cada ejercicio, para el servicio de la Deuda Pública. El Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a suscribir los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en la presente disposición.