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PENSIONES ESPECIALES (Pensión de vejez para personas que tienen hijos…
PENSIONES ESPECIALES
Pensión de vejez para personas que tienen hijos inválidos
Se aplica para los dos regímenes: Régimen de Prima media y Régimen de Ahorro individual.
Beneficiarios:
La madre o el padre del hijo invalido.
Requisitos del hijo invalido
El hijo tenga una capacidad física, sensorial o mental que este debidamente calificada que le impida valerse por si mismo.
No tenga bienes a la renta
Dependa económicamente de los padres.
Requisitos de los padres
No ingresen al mercado laboral, se dedican exclusivamente al hijo.
Se haya cotizado al sistema el numero de semanas mínimo para el año que vayan a solicitar la pensión que exige el régimen de prima media
No importa el origen de la invalidez del hijo
Pensión especial por actividades de alto riesgo
Dentro de una empresa hay un solo nivel de riesgo salvo por la actividad sino la existencia de varios centros de trabajo. El nivel de riesgo no se determina por la actividad que cumple el trabajador.
Beneficia a:
Trabajo de minería en subterráneo o socavón
Trabajo en donde se genere a exposición de altas temperaturas y pueden afectar la salud.
Trabajadores que estén expuestos a radicaciones o ionizantes
Trabajadores que tengan comprobación con sustancias cancerígenas
Bomberos, que están relacionadas con extinción de incendios
Personas que se dedican en el INPEC a la custodia y vigilancia de las personas privadas de la libertad
Los técnicos aeronáuticos que tengan funciones de transito aéreo, tienen jornadas mas cortas que otros.
Solo aplica para el régimen de prima media
Requisitos para acceder a esta pensión
El empleador haya llevado a cabo unas cotizaciones especiales que equivalen a 10% mas de lo que se cotiza (16%) y esta a cargo el empleador, por lo tanto tienen 26% de cotización.
Debe haber hecho la cotización por 700 semanas continuas o discontinuas
Pensión especial anticipa ciada de vejez para personas invalidas
El beneficiario es la persona que sufre esa deficiencia psíquica, sensorial o mental.
Se aplica para los dos regímenes: Régimen de Prima media y Régimen de Ahorro individual.
La valoración se mira en tres aspectos; la deficiencia, la incapacidad y minusvalía.
Requisitos para acceder a esta pensión:
La persona haya cumplido por lo menos 55 años de edad
Requisito de cotizaciones que exige que la persona haya cotizado por lo menos 1000 semanas continuas o discontinuas.