VIII. Inspeccionar y vigilar directamente o a través de los órganos de control que las dependencias, organismos
auxiliares y fideicomisos de la Administración Pública Estatal, cumplan con las normas y disposiciones en materia de:
sistema de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública,
adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes y demás activos y
recursos materiales de la Administración Pública Estatal