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FAMILIA Y PARENTESCO FAMILIA = INSTITUCIÓN JURÍDICA (1. PATER FAMILIAS …
FAMILIA Y PARENTESCO
FAMILIA = INSTITUCIÓN JURÍDICA
LA FAMILIA: ORGANISMO VITAL DENTRO DE LAS CIVITAS
CONSTITUÍA UNA CASA O UN GENS
1. PATER FAMILIAS
"Cabeza LIBRE" no sometida a POTESTAD alguna
SEÑOR Y SOBERANO
A SU AUTORIDAD ESTABAN SOMETIDOS TODOS LOS MIEMBROS
"Vocablo" que indicaba una circunstancia de INDEPENDENCIA JURÍDICA (SUI IURIS)
Tenía PLENITUD de CAPACIDAD en el derecho público y en el privado
FILIFAMILIAS
Miembros de la familia que están bajo la POTESTAD del PATER
LOS HIJOS LEGÍTIMOS
EL PRIMOGÉNITO VARÓN ES EL QUE TENÍA DERECHO A SUCEDER AL PATER
HIJOS ADOPTADOS O ADROGADOS
LA ESPOSA (Cónyuge)
LOS NIETOS
LAS NUERAS
PERSONAS BAJO SU TUTELA O CURATELA
LOS ESCLAVOS
LINEA DE SUCESIÓN DEL PATER
2. EL ASCENDENTE MASCULINO (El padre del PATER)
3. HERMANOS
1- PRIMOGÉNITO VARÓN
4. SOBRINOS
PODERES DEL PATER
PODER ABSOLUTO: SIN FISURAS, UNITARIO
Concretado con la palabra MANUS (Mano)
PATRIA POTESTAD
INICIALMENTE COMPRENDÍA EL DERECHO A LA VIDA O LA MUERTE, LUEGO EL PODER SE CONCENTRO EN LA DISCIPLINA Y CORRECCIÓN
TAMBIÉN GENERABA DERECHOS PATRIMONIALES
DERECHO DE EXPOSICIÓN Y ABANDONO
SI EL PATER NO LEVANTABA AL RECIÉN NACIDO CUANDO ERA DEPOSITADO EN SUS PIES, NO SE INCORPORABA A LA FAMILIA Y QUEDABA ABANDONADO
VENDER AL FILIUS
PODER DARLO EN CAUSA MANCIPI
ENTREGAR AL FILIUS
PARA NO SER RESPONSABLE DE LOS DELITOS COMETIDOS POR ESTE
2. PARENTESCO
2. COGNACIÓN
VÍNCULO DE SANGRE
. SU FUNDAMENTO: LA UNIÓN DERIVADA DE LA COMUNIDAD DE SANGRE LEGITIMADA POR EL MATRIMONIO
. SE PODÍA DAR EN LA LINEA MASCULINA Y EN LA FEMENINA
RECTA O PERPENDICULAR
ASCENDENTE
DESCENDENTE
COLATERAL O TRASVERSA
3. AFINIDAD
VÍNCULO QUE NACÍA ENTRE LOS CÓNYUGES POR EL MATRIMONIO Y EL QUE EXISTÍA ENTRE UNO DE ELLOS Y LOS PARIENTES COGNADOS DEL OTRO
1 AGNACIÓN
PARENTESCO CIVIL
. UNE A LAS PERSONAS SOMETIDAS A LA PATRIA POTESTAD (MANUS) O POTESTAD MARITAL DEL PATER
. REPRESENTADOS POR DESCENDIENTES LEGÍTIMOS VARONES
. NO APLICABA PARA LA MUJER PORQUE ELLA ERA CABEZA Y FIN DE SU PROPIA FAMILIA
LA FAMILIA SE EXTINGUÍA AL MORIR EL PATER (y se formaban otras tantas cuantos fueran los hijos varones)
MODOS DE INGRESAR O DE SALIR DE LA FAMILA
1. POR NATURALEZA
FILIACIÓN: Engendrado en IUSTATE NUPTIAE (justas nupcias) del pater o de los hijos varones de este
Por legitimación
Hijos habidos con una concubina
2. POR DERECHO
Adrogación
Adopción
Por convenio IN MANU
3. RÉGIMEN PATRIMONIAL DE LOS HIJOS
SOLO EL PATER FAMILIA PODÍA SER TITULAR DE DERECHOS PATROMONIALES
EL HIJO SI PODÍA REALIZAR NEGOCIOS JURÍDICOS Y ASÍ EL PATER ADQUIRIA DERECHOS REALES O CREDITORIOS
CUANDO EL HIJO SE HACÍA DEUDOR, EL PATER NO TENIA RESPONSABILIDAD, EL FILIUS ERA EL QUE DEBÍA RESPONDER
PECULIO: derechos patrimoniales de los hijos de familia
2. CASTRENSE
Eran los bienes que adquiría el hijo por su condición de militar: dinero, botines, herencias, legados...
3. CUASICASTRENSE
Era el sueldo que recibía el hijo por sus oficios prestados en el palacio imperial o por desempeñar un cargo público
1. PROFECTICIO
Eran los bienes o dinero que se entregaba al filius para su goce y administración
4. ADVENTICIO
Eran los bienes que el hijo heredaba de su MADRE y los cuales no pasaban a ser patromonio del pater