1) Por adulterio, 2)por rapto, 3)existencia entre los contrayentes de relación de tutela o curatela, 4) magistrado provincial no podía contraer nupcias con una mujer oriunda del territorio que gobernaba, 5)diferencia de rango social, 6) por no haber dejado pasar el tempus luctus (un año), encaminado a evitar la turbatios anguinis (confusión de sangre en la nueva familia), 7)diferencias religiosas.