Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO (ART. 25 (I. NOMBRE, SEXO, EDAD…
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
AQUEL QUE POR VIRTUD DEL CUAL UNA PERSONA SE OBLIGA A PRESTAR A OTRA PERSONA SUBORDINACIÓN MEDIANTE UN SALARIO
EL PATRÓN TIENE LA OBLIGACIÓN DE DAR EL CONTRATO
ART. 25
I. NOMBRE, SEXO, EDAD,NACIONALIDAD, CURP
II. TIEMPO QUE SE VA A LABORAR
III. DECIR EXPLICITAMENTE EL TRABAJO QUE VA A REALIZAR
IV. LUGAR DONDE SE VA A TRABAJAR
V. QUE TIPO DE JORNADA VA A EJERCER
VI. FORMA Y EL MONTO DEL SALARIO
VII. DÍA Y LUGAR DEL PAGO
SER CAPACITADO
CONDICIONES DE TRABAJO
ART 26
SI FALTA ALGO EN EL CONTRATO AÚN ASÍ SE PAGA CONFORME A LA LEY, SON IRRENUNCIABLES
RESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIZARSE POR LOS DAÑOS CAUSADOS
CONTRATO A PRUEBA
VERIFICAR QUE EL TRABAJADOR CUMPLA CON LOS REQUISITOS Y CONOCIMIENTOS NECESARIOS
NO PUEDE DURAR MÁS DE UN MES, SOLO DIRECTIVOS MÁS DE 80
TIENDE DERECHO AL SALARIO, SEGURIDAD SOCIAL Y PRESTAVIONES
CAPACITACIÓN INICIAL
CURSOS PARA EL TRABAJADOR , CUANDO YA ESTE CONTRATADO
DURA 3 MESES
6 MESES A TRABAJADORES DE CONFIANZA