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CONDICIONES LABORALES (PROLONGACIÓN DE JORNADA (SINIESTRO (CUANDO SE PONGA…
CONDICIONES LABORALES
PROLONGACIÓN DE JORNADA
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HORAS EXTRA
CUANDO LOS TRABAJADORES SE QUEDAN A PRODUCIR, NO SE PUEDE EXCEDER MAS DE 3 HRS DIARIAS NI 3 VECES SEMANALES
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DÍAS DE DESCANSO
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SÉPTIMO DÍA
POR CADA 6 DÍAS LABORADOS EL TRABAJADOR DISFRUTARÁ UN DÍA DE DESCANSO, PREFERENTEMENTE EL DOMINGO
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SI LABORAN EN SU SÉPTIMO DÍA SE LE PAGA EL DOBLE, MÁS EL SALARIO QUE LE CORRESPONDA POR SU DESCANSO
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VACACIONES
EL TRABAJADOR PODRÁ DISFRUTAR DE UN PERÍODO ANUAL DE VACACIONES PAGADAS, DEBERÁN SER OTORGADAS DENTRO DE LOS 6 MESES SIGUIENTES A QUE CUMPLA AÑOS DE ANTIGÜEDAD
1 AÑO----6 DÍAS 2 AÑOS---8 DÍAS 3 AÑOS--10 DÍAS 4 AÑOS--12 DÍAS 5-9AÑOS 14DÍAS 10 A 14---16 DÍAS 15 A 19-- 18 DÍAS 20 A 24----- 20 DÍAS
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PRIMA VACACIONAL
LOS TRABAJADORES TIENEN DERECHO, DE POR LO MENOS UN 25% SOBRE SU SALARIO
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PRIMA DE ANTIGÜEDAD
LOS TRABAJADORES DE PLANTA TIENEN DERECHO A LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD, QUE CONSISTE EN 12 DÍAS POR CADA AÑO
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