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PLANEACIÓN DEL SERVICIO (Artículo 123. Definción de plan en el marco del…
PLANEACIÓN DEL SERVICIO
Artículo 123. Definción de plan en el marco del Servicio de Policía
Un plan es un conjunto organizado y metódico de actividades previstas para realizar una
operación policial o adelantar un procedimiento administrativo
Se elabora a partir de una
decisión o proyecto del mando; en él se asignan responsables, responsabilidades y se movilizan
los recursos necesarios.
Debe ser escrito, dinámico, puede ser modificado, perfeccionado o actualizado, mediante
evaluaciones, análisis y estudios permanentes formulados al nivel adecuado
Un buen plan
es aquel que logra elaborar un excelente análisis de una situación y en consecuencia permite
que la ruta elegida sea la más adecuada para la prestación de un efectivo servicio de Policía.
Consultar Manual de Planeación.
Artículo 121. Planeación del Servicio
El Comandante de la unidad policial será el responsable de la planeación y distribución de los
servicios, teniendo en cuenta las iniciativas más relevantes para cumplir con el Plan Estratégico
Institucional
Todos los planes de acción se diseñan en forma específica para cada unidad, es decir,
dependiente de los objetivos y los recursos; cada jefe de unidad presenta su plan de acción
adecuado a sus necesidades y metas
la planeación del servicio contempla el análisis y conclusiones de los diferentes
Comités de Vigilancia, así como los diagnósticos locales de seguridad obtenidos en el marco
del programa Departamentos y Municipios Seguros (DMS) y demás lineamientos y directrices
emitidos por la Dirección General
Artículo 122. Memoria local y Topográfica
Es un documento que sirve de insumo para la planeación y organización del servicio de
policía. Contiene información amplia y detallada de todos los aspectos geográficos de la
jurisdicción y los políticos, sociales, económicos, delincuenciales y contravencionales de la
comunidad que recibe el servicio
al igual que los recursos materiales y el talento humano
con que cuenta la Institución para el cumplimiento de la misión. Consultar Manual de
Planeación.
Artículo 129. Alcance de los cieps
Estos centros de información son fundamentales para determinar y orientar los planes de
seguridad hacia la prevención y disminución de los delitos que más estén afectando a la
población.
El manejo adecuado de la información permite, al Comandante de Policía y a las
administraciones territoriales, combatir directamente las causas de los delitos que generan
impacto en el desarrollo de la jurisdicción y fomentar la convivencia y la seguridad pacífica
entre todos los habitantes.
Artículo 124. Plan de Seguridad Ciudadana
Define acciones para desarticular la delincuencia y contrarrestar los hechos de violencia.
Además, permite fortalecer acciones preventivas para garantizar el respeto a la vida, la
protección a los derechos humanos, la integridad y la propiedad
Los planes de convivencia
y seguridad ciudadana deben contemplar el diseño y ejecución de acciones preventivas y
correctivas con autoridades civiles, de policía y ciudadanía en general.
Artículo 128. Centro de Información Estratégica Policial Seccional (CIEPS)
Es la dependencia policial del Subcomando de Policía Metropolitana o Departamento de
Policía encargada de alimentar y mantener actualizadas las bases de datos cartográficos y
del SIGEP
así como mantener oportunamente informado al mando de la Unidad, sobre las
diferentes actividades y novedades de trascendencia que se presenten en la jurisdicción
Los CIEPS junto con los Centros de Investigaciones Criminológicas –CIC–, procesa la información
bajo procedimientos de recolección sistematizados para evitar distorsión en los
datos y proveer información relevante para la toma de decisiones
Esta información debe
ser georreferenciable para establecer dinámicas geográficas de los comportamientos delictivos
en las respectivas jurisdicciones municipales y departamentales.
Artículo 126. Implementación y seguimiento de los Planes de Seguridad
La implementación y seguimiento de los Planes corresponde a las autoridades de Policía y se
desarrolla de manera conjunta a través de las Secretarías de Gobierno de los departamentos
y municipios y demás agencias de seguridad y justicia del Estado que funcionan en cada
jurisdicción.
Artículo 125. Aspectos a tener en cuenta en la elaboración de los Planes
de Seguridad Ciudadana
La elaboración de estos planes debe estar fundamentada en el reconocimiento de los factores
generadores de violencia y en información sobre los fenómenos delincuenciales propios
de cada departamento y/o municipio, siendo coherente y coordinada con las instituciones
pertinentes
Para su definición es necesario contar con sustentos técnicos que garanticen la
objetividad de las decisiones. Existen dos elementos fundamentales de este instrumento:
La información objetiva y sistematizada
La información que se requiere para la
elaboración de los planes de seguridad debe contemplar datos sobre la delictividad y
criminalidad de cada jurisdicción, contemplando de forma periódica análisis regulares
y comparativos por tiempos que determinen variaciones y detecten situaciones irregulares.
Los análisis de información
Requieren ser intersectoriales debido a la multicausalidad
de la violencia y el delito
La mirada interinstitucional que se adquiere a través de
los Consejos de Seguridad es relevante para determinar interpretaciones sobre hechos
y formular alternativas conjuntas que prevengan y atiendan manifestaciones de violencia
y delincuencia de acuerdo a las características culturales, sociales, políticas y
económicas de los territorios afectados.
Artículo 131. Centro Automático de Despacho “CAD”
con el fin de brindar una respuesta oportuna y satisfactoria al requerimiento
ciudadano. La Estación 100, el Centro Automático de Despacho C.A.D o el
123, son los nombres que de acuerdo a la tecnología implementada, reciben los Centros de
Despacho que utiliza la Policía Nacional en la actualidad.
Es la dependencia policial del Subcomando de Policía Metropolitana o Departamento de
Policía, encargado de desarrollar el proceso de atención de los diferentes motivos de policía
a través de la recepción de información por las líneas y números de emergencia utilizados
por la Policía Nacional,
Artículo 130. Conformación
El Centro de Información Estratégica Policial Seccional, CIEPS, estará conformado por:
Funcionario policial encargado de la actualización de la información cartográfica y del
reporte de las novedades
Funcionario policial encargado del SIGEP.
Jefe del CIEPS
Funcionario policial encargado de medios técnicos y tecnológicos
Artículo 134. Conformación
Al comité de vigilancia asistirán, de acuerdo al nivel de la unidad, los siguientes:
Jefe Seccional de Inteligencia Policial.
Jefe Seccional de Tránsito y Transporte.
Jefe Seccional de Investigación Criminal
Jefe del Centro Investigaciones Criminológicas
Comandantes de Comandos de Atención Inmediata, CAI.
Jefe Policía de Infancia y Adolescencia
Comandante y Subcomandante de Estación y Subestación de Policía
Coordinación Policía Comunitaria
Comandante de Distrito
Jefe Policía Ambiental y Ecológica
Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana
Jefe Policía de Turismo
Comandante y subcomandante de la Policía Metropolitana o Departamento de
Policía
Jefe Fuerza Disponible.
Comandantes de los grupos de operaciones especiales según el caso.
Otros funcionarios policiales que tengan relación con la problemática a tratar
Artículo 133. Comité de Vigilancia
Es una reunión operativa policial con participación del personal uniformado en todas las
categorías, con el fin de analizar las estadísticas y la problemática delincuencial y contravencional
de la semana anterior, para ajustar los planes del servicio de vigilancia urbana y rural
mediante la planeación participativa y orientar los mayores esfuerzos hacia aquellos lugares
afectados, con el fin de prevenir y contrarrestar los fenómenos que atenten contra la seguridad
ciudadana y el bienestar de la comunidad
Artículo 127. Área de Información Estratégica Policial (AINPO)
Es la dependencia de la Dirección de Seguridad Ciudadana encargada de brindar apoyo
integral, sistemático y efectivo a la Dirección General, la consulta de información estratégica,
para la toma de decisiones acertadas y oportunas, permitiendo el restablecimiento
de situaciones de alteración de la seguridad y convivencia ciudadana en zonas urbanas y
rurales, garantizando el seguimiento a los procesos operativos aplicados
Artículo 132. Conformación
El centro automático de despacho estará conformado por:
Jefe de turno.
Radioperadores.
Jefe del Centro de Despacho
Funcionarios policiales encargados de monitorear las cámaras
Funcionarios policiales encargados de las redes de apoyo.
Funcionarios policiales encargados de la recepción de las llamadas de los ciudadanos