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TEMA 30 : II CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA…
TEMA 30 : II CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GV : DISPOSICIONES VIGENTES
Ámbito de aplicación
Funcional: todo el ámbito de la actividad propia de la administración de la GV, realizada en todos sus centros t dependencias
Personal: personal bajo cualquier tipo de relación jurídico-laboral, preste sus servicios a la GV y a sus empresas públicas
NO es de aplicación al personal del Servicio Valenciano de Salud, excepto el incluido en decreto 71/89 y 156/88
Personal adscrito a los Servicios Centrales y Territoriales de la Consellería de Sanidad (SI aplica)
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Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE o Comisión Paritaria) :
Compuesta paritariamente por 6 miembros por cada parte, y sus suplentes, con carácter permanente. Cada parte podrá contar con 2 asesores en las reuniones
Mediará con carácter previo a la interposición de cualquier conflicto colectivo derivado de la interpretación del convenio
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Necesitará la presencia de al menos 2/3 partes de sus miembros. Acuerdos por unanimidad y vinculantes
Se reunirá a petición de cualquiera de las partes en un plazo de 7 días hábiles desde la fecha de registro en la Consellería de AAPP, donde debe constar el orden del día, y en cualquier caso una vez al trimestre
Asumirá competencias de control de la contratación temporal, la fijación de nuevos criterios para la contratación. , acordando la incorporación como anexo al convenio de acuerdos sobre las bolsas de trabajo
Tendrá competencias en la fijación de criterios de selección y provisión de plazas de naturaleza laboral.
3 permisos sindicales a jornada completa, previa solicitud a la Dirección General de Función Pública y cuya duración será la vigencia del mismo
Retribuciones
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Horas extraordinarias: solo podrán hacerse horas extraordinarias en los casos que sean estrictamente coyunturales, obligatoriamente compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización.
Con carácter excepcional, si no se pueden compensar, se abonarán con el coste de la hora normal incrementado en un 75%
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Ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo
En la ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 3% para personal con discapacidad de grado igual o superior al 33%, para que se alcance el 2% de los efectivos totales
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Contratos temporales, sustituciones y bolsas de trabajo
El personal seleccionado en la OPE tendrá preferencia para realizar sustituciones en puestos de su categoría hasta el momento de ocupar un puesto con carácter definitivo
Las bolsas de trabajo serán objeto de publicidad al menos en el tablón de anuncios de la Consellería de AAPP y sus servicios territoriales
La contratación de personal laboral temporal se hará siempre con la participación sindical, con la presencia un miembro de cada una de las centrales sindicales firmante en las comisiones de selección
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Promoción interna : el paso de un grupo de titulación inferior se hará con las garantías de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, con carácter general de concurso-oposición
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Permisos y licencias
Licencias
Por matrimonio propio :15 días consecutivos, distribuidos a petición del interesado.
Por nacimiento: 3 días hábiles en la misma localidad, 5 días hábiles si fuera ., dentro de los 15 días posteriores al nacimiento. Con complicaciones, 2 días más
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Por tratamiento médico : siempre que los centros de atención no tengan horario fuera del de trabajo. Para menores a cargo, hasta 4 horas
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Por matrimonio familiar :1 dia por familiar hasta segundo grado. 2 dias consecutivos si distancia mayor a 375 Km
Permisos
Retribuidos: hasta 6 días por asuntos particulares. No pueden acumularse a las vacaciones. Hasta el 15 de enero del año siguiente
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No retribuidos
Cuidado de un menor de 6 años o discapacitado sin retribuciones, reducción de jornada entre un 33 y un 50% , con la reducción proporcional del salario
Asuntos propios, previo informa Secretaría General correspondiente. Máximo 6 meses cada 3 años. Solicitar al menos 30 días de antelación. Se resuelve la solicitud como mínimo 1 semana antes.
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Jornada de trabajo
Con carácter general 37,5 horas semanales. Con complemento específico 40 horas (A 32, B 18, C 16, D 12, E 11)
Pausa de 20 minutos, computada como trabajo efectivo
Si trabajan 24 o 31 de diciembre, compensación de día y medio por cada uno
Horas trabajadas entre las 22 horas y las 8 horas del día siguiente, tendrán retribución específica, salvo que tengan jornada nocturna
Julio y agosto, 2,5 horas menos semanales
Fiestas locales, de 9 a 14
Personal de 37,5 horas, podra ser autorizado a jornada reducida de 9 a 14, cobrando el 75%
Vacaciones
Un mes natural por año de servicio, o 30 días naturales si se toman entre dos meses
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Disfrute hasta el 15 de enero. No se sustituyen por compensaciones económicas, ni se acumulan
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Jubilaciones
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Si en expectativa de destino o excedencia forzosa puede solicitar jubilación voluntaria anticipada , con más de 60 años, y 30 de servicios. Tendrán una indemnización. Aprueba la Consellería de AAPP
Suspensión de contrato
Causas
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Maternidad y adopción de menor de 5 años. Prestaciones 100%. Licencia de 16 semanas y 18 si parto múltiple. 6 inmediatas al parto. Padre podrá disfrutar de las 4 últimas ininterrumpidas
Servicio militar, o prestación social sustitutoria
Privación de libertad, mientras no exista sentencia condenatoria
Suspensión de empleo y sueldo, por razones disciplinarias
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Extinción del contrato
Causas
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Por dimisión del trabajador, con un preaviso de 1 mes
Por muerte, gran invalidez o permanente
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Absentismo
Descuentos por falta al trabajo (cálculo hora no trabajada) : sueldo íntegro mensual dividido por 30 y dividido por el nº de horas medias al día que se deben realizar
Seguridad e higiene
Comités de Seguridad e Higiene : órganos internos especializados en esta materia. Habrán en los centros de trabajo de 100 o más trabajadores, donde exista riesgo
Composición paritaria, la parte social elegida por el Comité de Empresa
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Régimen disciplinario
Pueden ser sancionados por los jefes de Unidades, dirección de los centros o secretarios generales de las consellerías
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Sanciones
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Faltas muy graves
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Suspensión del derecho a concurrir a pruebas selectivaso concursos de ascenso, de 2 a 3 años
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Derecho de reunión
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Los comités de empresa y los delegados de personal dispondrán de 40 horas anuales para celebración de asambleas. Las secciones sindicales 25 horas anualessi superan el 10% de nº de miembros de los comités de empresa y delegados de personal, si no 10 horas anuales
Derechos de las centrales sindicales, secciones sindicales y afiliados
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Mejoras sociales
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Percepción en 72 horas a petición del trabajador, de un préstamo por un importe de hasta 3 mensualidades con un plazo de amortización de un año.
Fondo de ayuda social del 0,8 % de la masa salarial anual, gestionada por la Comisión del Fondo de Ayudas Sociales (COFOSO)
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Ayudas sociales (vehículos de minusválidos, ortopedia, audífonos.)