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REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011 LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. …
REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011 LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. (ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE LAS AAPP)
DISPOSICIONES DIRECTIVAS
La adjudicación de realizará ordinariamente, utilizando el procedimiento abierto o el restringido, o en su caso el procedimiento negociado o bien el diálogo competitivo
Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación
Serán contratos menores los de importe inferior a 50000 euros cuando sean contratos de obras, o a 18000 euros cuando se trate de otros contratos
Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; éste carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos y los aspectos confidenciales de las ofertas
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal
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Anuncio previo
Los órganos de contratación podrán publicar un anuncio de información previa con el fin de dar a conocer, en relación con los contratos de obras, suministros y servicios que tengan proyectado adjudicar en los 12 meses siguientes
En contratos de obras, las características esenciales de aquellos cuyo valor estimado sea igual o superior a 5225000 euros
En contratos de suministro, su valor total estimado, desglosado por grupos de productos referidos a partidas, cuando ese valor total sea igual o superior a 750000 euros
En contratos de servicios, el valor total estimado para cada categoría , cuando ese valor total sea igual o superior a 750000 euros
Los anuncios se publicarán en el Diario oficial de la UE o en el perfil del contratante del órgano de contratación
Los anuncios se enviarán a la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas o se publicarán en el perfil de contratante lo antes posible, una vez tomada la decisión o iniciado el ejercicio presupuestario
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LICITACIÓN
Los órganos de contratación fijarán los plazos de recepción de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario, atendida la complejidad del contrato y respetando los plazos mínimos fijados en esta Ley
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Subasta electrónica
A efectos de adjudicación podrá celebrarse una subasta electrónica articulada como un proceso iterativo, que tiene lugar tras una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o en elementos, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automáticos
Podrá emplearse en los procedimientos abiertos, en los restringidos y en los negociados, siempre que las especificaciones del contrato puedan establecerse de manera precisa y que las prestaciones de su objeto no tengan carácter intelectual
Se basará en variaciones referidas al precio o a valores de los elementos de la oferta que sean cuantificables y susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes
Entre la fecha de envío de las invitaciones y el comienzo de la subasta electrónica habrán de transcurrir, al menos, 2 días hábiles
Cierre de la subasta
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Atendiendo a la falta de presentación de nuevos precios o nuevos valores. Se deberá especificar el plazo que deberá transcurrir a partir de la recepción de la última puja antes de declarar su cierre
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