Art. 1:
promover el desarrollo humano sustentable, mediante acciones
que contribuyan a la erradicación de la pobreza, el desempleo, la
desigualdad y la exclusión social; el aumento permanente de los
niveles educativo, técnico, científico y cultural; la disminución de
las asimetrías entre los países desarrollados y países en vías
de desarrollo; la búsqueda de la protección del medio ambiente
y la lucha contra el cambio climático
internacional, defensa y promoción de los derechos humanos,
fortalecimiento del Estado de derecho, equidad de género, promoción
del desarrollo sustentable,