Extinción de la acción penal
•La acción penal se extingue por la muerte del sujeto pasivo.
•Desistimiento de la querella
•Por amnistía
•Por prescripción
Si no se investiga en el tiempo determinado. El tiempo de pende del delito, por regla general son 30 años, sin embargo los delitos de lesa humanidad deberán declararse imprescriptibles.
•Oblación
Cuando el delito tiene como pena principal una pecuniaria, es decir, que con el pago de la multa se extingue la acción.
•Conciliación
Opera en los delitos querellables y aquellos que admiten indemnización integral y desistimiento
Se puede conciliar en cualquier momento, antes de que se dicte sentencia.
La audiencia de conciliación se debe realizar máximo dos veces.
•Indemnización integral
Procede contra delitos que admiten desistimiento o querellables.
Opera en delitos de homicidio culposo, todos contra el patrimonio económico, lesiones personales culposas, lesiones personales dolosas con secuelas transitorias, delitos de derecho de autor.
La indemnización integral puede operar cuando se han agotado las dos audiencias de conciliación