El interesado comunica a la instancia registral la presentación de la denuncia de conformidad con los párrafos 3.5 y 3.6 del artículo 3 de la Ley N° 30313. Para tal efecto, debe adjuntar la reproducción certificada notarialmente o copia autenticada por fedatario institucional de la oficina registral de la denuncia en la que se advierta la constancia de recepción que acredite su presentación previa ante la autoridad o funcionario legitimado correspondiente.
La presentación de la comunicación precitada se efectúa en mesa de partes, o la que haga sus veces, de la oficina registral donde se encuentra el título que dio inicio al procedimiento de inscripción registral en trámite. Si el título se encuentra apelado ante el Tribunal Registral, se presenta en la oficina de trámite documentario o la que haga sus veces.
Cuando la comunicación al Registro no contenga la documentación indicada en el presente artículo, es rechazada liminarmente por el servidor de mesa de partes o trámite documentario, según corresponda, o en su defecto por la instancia registral.