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Derecho Indiano e Instituciones jurídicas indianas (Derecho indiano…
Derecho Indiano e Instituciones jurídicas indianas 
Derecho indiano
Conjunto de reglas jurídicas aplicables en Indias o territorios de América, Asia y Oceanía dominados por España.
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Derecho Castellano (Se aplicó en materia de derecho privado, penal y procesal). Supletorio al Derecho Indiano y que se aplica de acuerdo al orden de prelación establecido por las Leyes de Toro de 1505, reproducidas en la Recopilación de Leyes de Castilla o Nueva Recopilación de 1567, cuyo orden hasta 1810 fue el siguiente:
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Derecho Indígena (sólo se aplica a los aborígenes). Se permite su uso, mientras no vaya en contra del derecho natural, la religión católica o en contra de la corona
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Características
Era abundante su legislación por su casuísmo (procurar una solución justa para cada situación en concreto)
Es esencialmente evangelizador, interés por extender la religión católica
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Predomina el derecho público sobre el derecho privado, debido a que la Corona busca crear en las Indias una estructura político -administrativa.
Toma muy en consideración las circunstancias personales de los súbditos, es decir, las diferencias étnico-socio-culturales y le aplica un derecho propio a cada grupo.
Falta de sistematización por entrecruzarse diversas reglas provenientes de distintas fuentes del derecho.
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Derecho Novohispano
Conjunto de normas, instituciones y principios filosófico-jurídicos que España aplicó en sus territorios de ultramar, particularmente en el territorio de la Nueva España, durante la dominación española.
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