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TEMA 4 - SOCIEDADES MERCANTILES - PARTE 6 (2- Disolución: (Causas: ope…
TEMA 4 - SOCIEDADES MERCANTILES - PARTE 6
1- Separación o exclusión del socio:
Separación:
causas legales o estatutarias + ejercicio del derecho de separación
Exclusión:
causas legales o estatutarias + procedimiento de exclusión
2- Disolución:
Causas
: ope legis o por acuerdo de junta, o pronunciamiento judicial
Inscribirse
en el registro la disolución
Consecuencia: apertura de liquidación
Cabe
reactivación
de la sociedad en
determinados
casos
Denominación social:
"en liquidación"
3- Liquidación
Una vez disuelta,
conserva la personalidad jurídica
Objetivo:
Liquidación del patrimonio social.
Se designan
liquidadores
: formular inventario y un balance referido al día en el que la sociedad se hubiera disuelto
4- Extinción
Otorgamiento de la
escritura de extinción de la sociedad por los liquidadores
,
previo pago de las cuotas de liquidación
y su posterior
inscripción en el RM
lo que determina la
cancelación de los asientos de la sociedad liquidada y la pérdida de su personalidad
5- Sociedad de capital unipersonal
Clases:
Originaria y Sobrevenida
Publicidad:
Registral y Comercial
Organos:
JG (acuerdo socio único) y Organo de administración
Autocontratación
6- La sociedad nueva empresa
Especialidad de la SRL
a fin de
facilitar la constitución
de nuevas sociedades mercantiles de tamaño pequeño o mediano (PYMES)
Simplificación
de su sistema juridico, sistema de contabilidad y los trámites para su constitución
Características
Socios tienen que ser
personas físicas
Denominación social
habrá de ser subjetiva
Objeto social
tiene que figurar en los estatutos: genérico o específico. NO pueden adoptar esa forma social las sociedades que tengan un objeto único o exclusivo (banca, seguro)
Constitución:
escritura pública + inscribir en el RM (plazos)
Capital mínimo:
integrado exclusivamente por aportaciones dinerarias
Transmisión:
voluntaria por actos inter vivos solo a favor de PF y si es PJ deberán ser enajenadas a favor de PF en el plazo de 3 meses contados desde la adquisición
Acreditación de socio:
mediante documento público que conste esa adquisición, NO siendo precisa la llevanza del libro registro de socios
JG:
procedimientos telemáticos o correo certificado con acuse de recibo
Administración:
uno o varios socios, NO en consejo de administración
Modificación de los estatutos:
limitada al cambio del domicilio o del CS
La sociedad podrá continuar sus operaciones como
SRL
de carácter
ordinario
Normas especiales
sobre la
constitución
de la sociedad por medio de
tramitación telemática
Régimen rígido
contrario a la elasticidad que ofrece la normativa de la SRL