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TEMA 4 - EL REGIMEN JURIDICO DE LA PERSONA (Capacidad de obrar (La…
TEMA 4 - EL REGIMEN JURIDICO DE LA PERSONA
Persona
Unica y exclusivamente los seres humanos, hombres y mujeres
Requisitos
: nacer + permanezca viva +vida independiente de la madre
Partos múltiples: el mayor es quien nace primero. En caso de nacer muerto o no conseguir tener la vida independiente de la madre, el que nació después será el mayor.
Capacidad jurídica
Titularidad de tener derechos y obligaciones
Se adquiere con el nacimiento y se extingue con la muerte
Capacidad de obrar
La posibilidad de ejercitar por uno mismo, los derechos y obligaciones de lo que es titular
Se adquiere progresivamente
La muerte la extingue
Se puede perder parcialmente
Naciturus
Concebidos y no nacidos
No es considerado persona
Si se produce una determinada situación, que pudiera beneficiar a un concebido y no nacido y ese nacituru nace, se va a tener por nacido
Nombres y apellidos
Identificar y individualizar las personas para que se sepa sobre sus derechos y obligaciones
Apellido
Tradicionalmente orden padre-madre. Pero no es obligatorio. En contrario, tiene efectos en los descendentes.
Paternidad desconocida = dos apellidos de la madre en el orden que ella elegir
Extinción de la personalidad
Muerte
Certificado de defunción
Declaración de fallecimiento
Personas desaparecidas por mucho tiempo, sin tener indicios de donde está el curpo
10
años de desaparecido;
5
se cumplía 75 años dentro de ese periodo;
1
año trágica circunstancia
Extinción de la capacidad jurídica, de las relaciones familiares y de las obligaciones derivadas del matrimonio
->
Sucesión de los bienes de la persona
PERO no se puede disponer gratuitamente de los bienes heredados dentro de un plazo de 5 años
La emancipación
Menor de edad mayor que 16 años
1- Concesión de los padres
: voluntad notariada + hijo acepta. Acto irrevocable
2- Concesión del juez:
menor solicita al juez + convivencia con los progenitores se complica
3- Vida independiente de los padres:
con el consentimiento de los padres, pudiendo revocarlo cuando quieran.
La incapacitación
Padres actuan en nombre de los hijos menores de edad + representantes (tutores) en nombre de los incapaces
3 requisitos
a la vez
: enfermedad, deficiencia física o psíquica + carácter permanente + impida autogobernarse por si mismo.
La incapacitación de un mayor no es para toda la vida, siendo la sentencia
revisable
y así la persona puede recuperar su capacidad
Prodigalidad
Personas que dilapidan su patrimonio, poniendo en peligro el cumplimiento de sus obligaciones, principalmente el pago de alimentos
Para algunos actos, necesita de complemento de capacidad