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Valores (Ley 964, un valor es “todo derecho de naturaleza negociable que…
Valores
Ley 964, un valor es “todo derecho de naturaleza negociable que haga parte de una emisión, cuando tenga por objeto o como efecto la captación de recursos del público”.
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I) El valor se emite para captar recursos del público, o instrumentos de inversión.
IV) Tienen las mismas prerrogativas de los títulos valores, excepto la acción cambiaria de regreso, la acción reivindicatoria, las medidas de reestablecimiento y la incautación contra quien adquiera el valor de buena fe exenta de culpa.
IV) LegitimaciónEl tenedor del título valor tiene la facultad de ejercitar el derecho contenido en dicho título únicamente con la presentación del mismo.
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Ley 964 en su artículo segundo enuncia los instrumentos de inversión que tienen la calidad de valores:
I) Las acciones;
II) Los bonos;
III) Los papeles comerciales;
IV) Los certificados de depósitos de mercancías;
V) Cualquier título o derecho resultante de un proceso de titularización;
VI) Cualquier título representativo de capital de riesgo;
VII) Los certificados de depósito de a término;
VIII) Las aceptaciones bancarias;
IX) Las cédulas hipotecarias;
X) Cualquier título de deuda pública.