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MEDIOS DE IMPUGNACIÓN IV (RECURSOS MERCANTILES (Recurso de reposición…
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN IV
RECURSOS MERCANTILES
Recurso de reposición
(11)
su regulación procesal se
encuentra en los artículos 1334 y 1335
del Código de Comercio
Procede respecto de los
decretos y autos de los Tribunales
Superiores, aún de aquéllos que
dictados en Primera Instancia serían
apelables
Tiene por objeto que se
modifique o substituya la resolución
que se combate (decretos y autos
dictados por el Tribunal Superior) por
otra que jurídicamente sea legal
El plazo para su interposición
es de tres días siguientes a que haya
surtido efectos la notificación de la
resolución judicial que se combate
Al admitirse a trámite el Recurso
de Reposición, el Ad quem deberá dar
vista a la contraria por un plazo de
tres días, para que manifieste lo que
a su interés convenga, respetando el
principio de igualdad procesal
El Ad quem resolverá lo que
en derecho proceda dentro de los
tres días siguientes a la conclusión
del plazo concedido a la contraria
La resolución que decida si
concede o no la reposición, no admite
ningún otro Recurso
RECURSOS MERCANTILES
Recurso de responsabilidad
en
realidad es un juicio con todas sus
etapas procesales que se hace valer
contra el funcionario que ha incurrido
en Responsabilidad Civil
La Sentencia que declare la Responsabilidad
o absuelva de ella, en
ningún caso modifica la pronunciada
en el juicio que le dio origen a dicha
acción procesal
Su fundamento es el artículo 1348 del Código
de Comercio
Se tramita en Vía Ordinaria
No puede promoverse de
oficio, sino a petición de parte interesada
Es Juez Competente para
conocer el Superior Jerárquico del
Funcionario demandado
La demanda debe formularse
una vez que ha concluido, mediante
Sentencia o auto firme el juicio en que
se ha causado el Agravio
La acción de Responsabilidad
se debe hacer valer dentro del año
siguiente a la Sentencia o auto firme
que ponga término al pleito
Es elemento constitutivo de
la pretensión que el afectado haya
interpuesto en tiempo los Recursos
Ordinarios en contra de la resolución
que se suponga causó el Agravio y le
haya sido favorable
Que la Sentencia que declare
la Responsabilidad, en ningún caso
modificará la pronunciada en el juicio
que le dio origen