La CORRECIÓN DE UN ARGUMENTO: no es, pues, una cuestión formal, es decir, algo que dependa exclusivamente de la forma de las premisas y de la conclusión (dadas unas proposiciones de cierta forma, de ahí puede inferirse otra de determinada forma), sino que es una cuestión procedimental en el sentido de algo que tiene que juzgarse de acuerdo con criterios (substantivos e históricamente variables) apropiados para cada campo de que se trate