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contrato electrónico de transporte y estructura de los contratos …
contrato electrónico de transporte y estructura de los contratos
contrato electrónico de transporte concepto
Articulo 7.880 Ter. Es un acuerdo de voluntades a través del cual una persona denominada usuario contrata con otra denominada prestadora de servicios electrónicos a través de sí misma o por medio de cualquiera de sus filiales o subsidiarias una aplicación electrónica tecnológica que sirve para la intermediación con un tercero denominado proveedor privado de transporte con el objeto de obtener un medio de traslado ofrecido por este último.
Artículo 7.880 Bis. Es un acuerdo de voluntades por el cual una persona denominada usuario obtiene a través de una aplicación
tecnológica, un medio de traslado ofrecido directamente por proveedores privados de transporte.
Forma y perfeccionamiento del contrato electrónico de transporte privado de personas
I. Se acepten las condiciones a través de una aplicación tecnológica.
II. Se utilice el servicio de transporte privado ligado a plataformas tecnológicas
clasificación
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Es un contrato oneroso: ambas partes perciben las utilidades y cada parte se grava a beneficio de la otra.
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Es un contrato principal: subsiste por sí mismo, sin la necesidad de otro.
elementos
El consentimiento. Es el concurso de la oferta y la aceptación sobre la cosa y causa que han de constituir el contrato.
El consentimiento puede estar viciado (siendo causa de nulidad del contrato), si se presta por error, bajo violencia, intimidación o dolo (engaño).
El Objeto. No pueden ser objeto de contrato, las cosas o servicios imposibles. El objeto del contrato debe ser una cosa determinable.
Causa. Los contratos sin causa no producen efecto alguno. La causa ha de ser lícita, es decir, no contraria a la ley o a la moral
estructura de los contratos
Proemio o encabezado, se redacta el inicio del contrato, permite establecer el tipo de contrato que se va a celebrar y las partes, así como definir como se les va a llamar durante el desarrollo de las cláusulas
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Cláusulas: (generalmente se numeran con letra PRIMERA.- SEGUNDA.-..., o con número arábigo 1, 2, 3…) es aquí donde se establecen los derechos, obligaciones, términos y condiciones de las partes.
Cierre, Fecha y Firma
El cierre contiene el alcance e interpretación del contrato, señalar que no hubo error, violencia, mala fe, ni coacción alguna, y ante que leyes y Tribunales se someten las partes en caso de controversia.