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Derecho Laboral (Terminación del contrato de trabajo (Justas causas de la…
Derecho Laboral
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Salario
Es un elemento esencial de un contrato de trabajo
Es la suma u especie que devenga al trabajador como contraprestación del servicio del trabajador
La idea es que cubra las necesidades del trabajador y su familia en lo material, moral y cultural y es pagado por el empleador o el representante.
Este puede ser pagado al empleado o a una persona que este autorizada por escrito
Este se paga cuando sea causado por el servicio
Jornal: estipulado por días o máximo una semana
Sueldo: estipulado por la persona pueden ser 10, 15 o un mes, pero no debe excederse de 30 días
Los descansos tienen que ser remunerados como lo son los domingos y festivos
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Vitalicios
Suma que se le da a algunos trabajadores en función de su cargo como representante en otros lugares
Los vitalicios permanentes son los de manutención y alojamiento los cuales constituyen el salario el resto no, esto sirve para sacar la liquidación y primas
Permanentes: Habituales y frecuentes
Accidentales:para un requerimiento extraordinario no habitual o poco frecuente (art.130)
Incluye gastos de:
Manutención, alojamiento, medios de transporte y gastos de representación
Salario en especie
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Especie
Implica alimentación, vestuario y alojamiento
Cuando el salario es igual o menos al mínimo se debe pagar el 70% en dinero y el 30% en especie, puede aumentar el dinero pero no la especie
Cuando el salario es superior al mínimo se debe dar 50% en dinero y el otro 50% en especie, lo mismo se puede aumentar el dinero pero no la especie
Cuando son dos salarios mínimos se da auxilio de transporte o dotación
Salario integral
Integra la remuneración, las prestaciones, primas etc.
- Incluye la cesantías y primas con el porcentaje dado cada mes
- El empleado tiene que ganar más de 14 salarios mínimos (10.150.146)
- se tiene que tener el 70% de remuneración y el 30% de prestaciones legales y extra legales
- Al hacer una indemnización por justa causa se tiene que ser de la totalidad del salario no solo del 70%
- no se incluyen las vacaciones, ya que estan adicionales como la base de ese 100%
- las horas extras y jornada nocturna están incluidas en el salario
- la cotización de la seguridad social como base del 70%
- Acordado por escrito entre el empleado y el empleador
- es de adhesión, el empleado se adecua al trabajo y a sus condiciones
- incluye la remuneración, dominicales, bonificaciones, etc.
- reajuste automático cada año
Contrato
Acuerdo de voluntades entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
Trabajador (persona natural) y el empleador (persona natural o jurídica)
Modalidades
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Duración
Termino Indefinido
- Tiene duración mientras subsisten las causas que dieron trabajo y la materia del trabajo
- Unidad de explotación económica de la empresa obliga a trasladar al empleado a otro cargo, ya que se tiene que respetar el principio de estabilidad y el ius variandi del empleador (derecho de cambio del empleador a las condiciones laborales)
- Este contrato puede ser verbal o escrito
- El empleador tiene derecho a saber de la renuncia de su trabajador con 30 días de anticipación
- Período de prueba por escrito para establecer sí el empleado es apto y viceversa por un máximo de dos meses
Terminación del contrato
Justas causas
- Muerte del trabajador
- Mutuo consentimiento (renuncia aceptada y hay un acuerdo de voluntades para finalizar el contrato)
- Clausuración
- Suspensión de 120 días
- Sentencia ejecutada
- Decisión unilateral
- Desaparición del trabajador o exceso de permisos
Termino fijo
- Escrito siempre y prorogable
- No puede superior a 3 años, pero es prorogable indefinidamente
- Tiene una duración determinada
- Un contrato a termino fijo es prologable siempre y cuando el trabajador sea bueno y se mantengan las funciones del cargo del contrato
- Se termina por las mismas causad del indefinido, agregando que de no prologarse el contrato se debe avisar al trabajador con 30 días de anticipación
Contrato a termino fijo igual o superior a un año
- En la automática se prologa por el mismo tiempo que tenía el contrato inicial
- En la prologa se expresa, y se ajusta a lo acordado por ambas partes
- Ninguna prologa puede ser superior a los 3 años
- Cuando tiene un acuerdo expreso, cuando es tácito es igual al de la etapa inicial del contrato, cuando llega a la cuarta vez se da una prologa igual a 1 año
Contrato a termino fijo inferior a 1 año
- Se pueden hacer las prologas en las 3 primeras iguales o inferiores a 1 año
- Desde la 4 prologa pasa a ser automáticamente de 1 año
- Desde la 4 puede ser de más de 1 año, u después de establecer eso, no se puede poner de nuevo inferior a 1 año
- Es decir, tienen que ser iguales o inferiores al de la etapa inicial hasta la 4 prologación
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Contrato ocasional, accidental o transitorio
- Es muy poco utilizado
- No excede a los 30 días de los distintos labores establecidas por el empleador en el contrato
- El ius variandi da la facultad al trabajador para modificar las condiciones de subordinación
Período de prueba
Siempre tiene que constar en el contrato escrito
- Conocimiento de actitudes y aptitudes
- Conocimiento de funciones, ambientes, etc.
- Duración máxima de dos meses
- Se puede dar una renovación sin que esta exceda los dos meses
- Todas las empleados de servicio doméstico tienen un tiempo de prueba de 15 días obligatorio, en los otros depende del pacto escrito
- Cuando este se da en un contrato a termino fijo inferior a un año no puede spuerar el 1/5
teniendo en cuenta que el mes son 30 días y el año 360
- Si se pasan los días legales se da una clausula ineficaz ilegal
- No es ilegal terminar un contrato en el período de prueba
- Sino se considera necesario establecerlo esta bien
- Sí es más de 1 año no puede exceder los 2 meses
Efectos jurídicos
- Implicaciones del período de prueba de un empleado
- Desde el primer día se paga el salario
- Se debe cumplir con la cesantías, dotaciones, primas, derechos, prestaciones sociales, etc.
- Las dotaciones se pueden dar a los 3 meses, pero sí son elementos de seguridad se deben dar desde el primer día
Contratos sucesivos
- Contratos de trabajo de distinta modalidad entre el mismo empleador-empleado
- Se mantienen labores iguales, similares o distintas
- Solo se vale el período de prueba del primer contrato
- Sí despiden al empleado después del segundo contrato se viola el principio de estabilidad (clausula ineficaz), a excepción de que el despido sea por justa causa
- Sí el empleado se despide en el primer período de prueba no se necesita justa causa
Principios
Son lineas directrices que informan y ponen limites al legislador
Son irrenunciables por la protección de las normas guiadas al cumplimiento de las necesidades del trabajador (mínimo de derechos y garantías)
Todos los principios se conectan entre sí
El interés general prima sobre el individual
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Definición
Conjunto de normas que demarcan los derechos y obligaciones del empleado y empleador de forma individual o colectiva
Una clausula ineficaz no se puede aplicar en un despido, porque pasa a ser un despido sin justa causa
Propinas
- No constituyen salario
- Brindada por el cliente y no por el empleador por el préstamo de un servicio
- Voluntario
- Suma voluntaria brindada por un tercero al trabajador por un servicio prestado
- animus dondandi
- Adicional al salario
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Vacaciones
- Derecho al disfrute de las vacaciones: contrato vigente, trabajo por un año, 15 días hábiles consecutivos, y remunerados
- para la liquidación se queda lo nocturno y lo extradiurno
- en la base salarial no se incluye en auxilio de transporte
Compensación
- Durante la vigencia del contrato
- terminación del contrato
- remuneración (todo lo que es salario)
Acumulación
- se pueden acumular dos años o 4 años si el trabajador es de dirección y confianza
- cada año el trabajador por ley debe descasar 6 días, el resto de los días hábiles son acumulador por dos años (18 días) y para el de dirección y confianza el máximo son 4 años (36 días)
- las vacaciones no se cuentan sí el empleado esta incapacitado o si hay una interrupción de las mismas.
- el empleador debe anunciar 5 días antes las vacaciones
- pago en dinero hasta la mitas de las vacaciones, en base al último salario recibido y se saca el promedio del salario si este es variable
Prestaciones sociales
Trabajadores que devengan dos salarios mínimos
cesantía = ahorro furtuoso
- prima servicios y remplazo de utilidades
- a cargo del empleador
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