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CAPITAL CONTABLE NIF-C11 (Capital contribuido (Gastos de registro y…
CAPITAL CONTABLE NIF-C11
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Escisiones
Cada uno de los accionistas de la entidad escindente recibe inicialmente una proporción del capital contable de las escindidas igual a la que tenía en la escindente.
Los activos, pasivos y capital contable aportados por la escindente deben darse de baja con base en su valor en libros.
Ocurre cuando una sociedad denominada escindente aporta en bloque, sin extinguirse, parte de sus activos, pasivos y capital contable a otra u otras entidades de nueva creación denominadas escindidas o decide extinguirse y divide la totalidad de su activo, pasivo y capital en dos o más partes que son aportadas en bloque a otras entidades de nueva creación.
Los propietarios de las escindente determinan los montos que se aplicarán a los distintos rubros de capital contable por el monto de los activos netos entregados.
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Capital contribuido
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Acciones preferentes
Limitan el derecho a voto de sus tenedores, podrán tener derechos preferentes para la recepción de dividendos y, sólo en caso de liquidación de la entidad emisora, deben reembolsarse antes que los instrumentos de capital ordinarios; derecho a dividendos acumulativos a pagar en tanto existan utilidades.
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Aportaciones en especie
Estas deben reconocerse al valor razonable de los activos aportados o de los pasivos asumidos por un accionista, determinado de acuerdo con la NIF A-6 “ Reconocimiento y valuación”.
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Capital social
Importe recibido por la entidad por las acciones suscritas y pagadas que lo representan; no todas la acciones tienen expresado un valor nominal, no obstante todas tienen un valor nominal intrínseco, resultante de dividir el capital social entre el número de acciones suscritas y pagadas.
Splits y splits inversos
Los splits son aumentos y los splits inversos son disminuciones en el número de acciones en circulación de una entidad, que no representan cambio en la participación proporcional de los accionistas en el capital contable de la entidad.
Capital ganado
Dividendos
En este rubro debe reconocerse un pasivo por la entidad en el momento en que el dividendo se decrete y afectar las utilidades acumuladas; Así mismo debe reconocerse el pasivo correspondiente por cualquier impuesto retenido a cargo del propietario.
Los dividendos preferentes deben reconocerse una vez que las utilidades netas correspondientes han sido aprobadas por una asamblea de propietarios, aplicándose a las utilidades acumuladas y reconociendo un pasivo a cargo de la entidad.
Cuando en algún o algunos ejercicios no existan utilidades acumuladas suficientes para liquidar los dividendos de las acciones preferentes, no debe reconocerse en los estados financieros ninguna obligación por este concepto.
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Reservas de capital
Pueden crearse para cumplir un ordenamiento legal, tal como la creación de la reserva legal prevista en la Ley General de Sociedades Mercantiles o por una decisión de los propietarios, para proteger la estabilidad de la entidad.
Las reservas se utilizan para el propósito para el que fueron creadas y se cancelan cuando expira dicho propósito.
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Normas de revelación
Por cada clase de acciones; restricciones y otras situaciones que afectan al capital contable; efectos en el capital de reestructuraciones de la entidad; impuestos a que están sujetas las distribuciones de utilidades y los reembolsos de capital a los propietarios; una descripción de la naturaleza y propósito de cada reserva de capital; aportaciones para futuros aumentos de capital, etc.
Normas de presentación
En el estado de situación financiera, en el estado de cambios en el capital contable o en las notas a los estados financieros, para mostrar cada uno de ellos con base en su importancia relativa, incluyendo en primer lugar los que forman el capital contribuido, seguido de los que integran el capital ganado.
Cuando se trata de estados financieros consolidados, el importe total del capital contable debe presentarse segregando en el estado de situación financiera los importes que corresponden a la participación controladora y a la participación no controladora.
Cuando dichas acciones suscritas no pagadas estén amparadas con títulos de crédito, no deben presentarse como una cuenta por cobrar.
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a. debe existir un compromiso de que esas aportaciones se aplicarán para aumentos de capital en el futuro; no debe estar permitida su devolución antes de su capitalización;
b. se especifique un número fijo de acciones para el intercambio de un monto fijo aportado, de esa manera quien efectúa la aportación está ya expuesto a los riesgos y beneficios de la entidad;
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d. como no tendrían carácter reembolsable, deben quedar reconocidas en la moneda funcional de la entidad.