CONCEPTO:Es aquel por virtud del cual una persona llamada deudor constituye un derecho real del mismo nombre sobre un bien mueble, determinado y enajenable, a favor de otra quien se le deberá entregar real o jurídicamente, para garantizar el cumplimiento de una obligación y que le da derecho al acreedor de retención, de persecución y, en caso de incumplimiento de la obligación, de enajenación y de preferencia para ser pagado con el producto de la enajenación en el grado de prelación que señale la ley, y que obliga al acreedor a la devolución del bien en caso de que se cumpla la obligación garantizada.
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