Los contratos atípico son aquellos que no estando definidos por la legislación positiva están reconocidos por la realidad social, económica y jurídica, y en ocasiones por leyes especiales, basándose en la libertad contractual y en la autonomía de la voluntad, rigiéndose por su afinidad con otros contratos típicos, por los principios generales de las obligaciones y contratos, y subsidiariamente por los principios generales del Derecho.