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UNIDAD 6: CONTRATOS ACCESORIOS Y DE GARANTÍA (CONTRATO DE HIPOTECA (Los…
UNIDAD 6: CONTRATOS ACCESORIOS Y DE GARANTÍA
CONTRATO DE FIANZA
Es un acuerdo de voluntades por el cual una persona, adiciona su responsabilidad al cumplimiento de su obligación, por parte de un deudor, con respecto a su acreedor. O sea que contamos con los siguientes elementos en el contrato
a) Fiador. Persona que se obliga a pagar por el deudor, sí este no cumple con la
obligación garantizada.
b) Acreedor. Persona que tiene el derecho de exigir al fiador el pago de la obligación
garantizada en caso de incumplimiento del deudor.
c) Deudor. Persona que se obliga a indemnizar al fiador en caso incumplimiento de la
obligación garantizada y que le corresponde.
CONTRATO DE HIPOTECA
Los elementos del contrato de hipoteca, son tres: personales, formales y reales.
Personales, son dos partes las que intervienen: El constituyente (deudor o tercero) de la hipoteca, el cual debe cumplir con la deuda, y el acreedor hipotecario.
Formales, el contrato de hipoteca debe llevarse en forma escrita. En algunos países requiere que el contrato sea formalizado o escriturado por notario e inscrito en el registro de la propiedad (en el caso de inmuebles).
Reales, los elementos reales de la hipoteca son: los bienes hipotecables y los créditos susceptibles de ser garantizados con hipoteca.
Existen dos clases de hipotecas, las voluntarias y las necesarias. Son voluntarias las que se constituyen por voluntad espontánea del deudor, o para cumplir una obligación impuesta por el dueño de los bienes que se hipotecan. La hipoteca necesaria existe cuando se
constituye para cumplir una disposición legal.
CONTRATO DE PRENDA
consiste en que una parte (el deudor) entrega una cosa mueble a la otra parte (el acreedor),
OBJETO
CONSENTIMINETO
LA FORMA
CAPACIDAD