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EL MUNICIPIO III ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO (El Alcalde…
EL MUNICIPIO III
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
DEL ESTADO
El Alcalde
Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno y la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización
El ejercicio de las acciones judiciales y adm y la defensa del Ayuntamiento en materias de su competencia y en caso de urgencia, las materias de competencia del Pleno, dando cuenta en la 1ª sesión que celebre para su ratificación
Ejercer la jefatura de la policía municipal
La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de competencia de la alcaldía
Jefatura de todo el personal y acordar su nombramiento y sanciones, la separación del servicio de los funcionarios el despido del personal laboral, dando cuenta al pleno en los dos últimos casos, en la 1ª sesión que celebre
Adoptar, ajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos, las medidas necesarias dando cuenta inmediata al Pleno
Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobada por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas
Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos que esté atribuida a otros órganos
El desarrollo de la gestión económica de acuerso con los presupuestos aproados, disponer el gasto, operaciones de crédito dentro de su competencia, ordenar pagos y rendir cuentas, todo ello conforme a la Ley LRHL 2/2004, 5 marzo
La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto
Dirigir, inspeccionar e impulsa los servicios y oras municipales
El otorgamiento de la licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan al Pleno o a la Junta del Gobierno Local
Convocar y presidir las sesiones de Pleno, salvo en determinados supuestos, y decidir los empates con voto de calidad
Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento
Representar al Ayuntamiento
Dirigir el gobierno y la adm. municipal
Atribuciones
NO DELEGABLES
La concertación de operaciones de crédito
La Jefatura superior de todo el personal
Decidir los empates con el voto de calidad
La separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral
Convocar y Presidir las sesiones del Pleno y de la Juna de Gobierno Local
Es el Presidente de la Corporación
Las delegaciones se realizarán por decreto de la Alcaldía, será necesaria la aceptación del delegado, surtiendo efecto desde la fecha que se disponga
El Pleno
La aprobación de la plantilla del personal y de la relación de puestos de trabajo. La fijación de la cuantía de las retribuciones complementaria fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual
El ejercicio de acciones judiciales y adm y la defensa de la Corporación en materia de competencia plenaria
El planteamiento del conflicto de competencias a otras Entidades Locales y Adm. Públicas
La aceptación de la delegación de competencias hechas por otras Adm Públicas
La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento
La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización
La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público
La aprobación del Reglamento orgánico y de las ordenanzas
La concertación de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos del presupuesto salo las de tesorería, que le corresponderá cuando supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior
La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos; La disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas
La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y cuando aún no estén previstos en los presupuestos
Aprobación inicial y final de planes e instrumentos de ordenación
Aquellas que exijan para su aprobación una mayoría especial
Los acuerdos a la participación en organizaciones supramunicipales
alteración del término municipal; creación o modificación de municipios; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el nombre de éste o de entidades y la adopción o modificación de su bandera o escudo.
La votación sobre la moción de censura al Alcalde y sobre la cuestión de confianza, que serán públicas y se harán mediante llamamiento nominal en TODO CASO
EL Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Juna de Gobierno Local:
-El ejercicio de acciones judiciales y adm y la defensa de la Corporación en materia de competencia plenaria
La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento
La concertación de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos del presupuesto salo las de tesorería, que le corresponderá cuando supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior
La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y cuando aún no estén previstos en los presupuestos
Control y fiscalización de los órganos de gobierno