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Las sucesiones (Sucesión: sus tipos y características (Vía testamentaria…
Las sucesiones
Sucesión: sus tipos y características
Vía legitima: era la mas dedil,se aplica cuando la persona finada no ha dejado sus bienes en herencia y se aplica
Primero (heredes sui)a los hijos, esposas
Segundo grado(agnados) hermanos o sobrinos y por ultimo
Los gentiles (personas civiles ) concurrían con igualdad de derechos
Vía testamentaria era mas fuerte que la legitima" ya que esta se retiraba inmediatamente cuando se presentaba un testamento, justa declaración de nuestra voluntad
Testamento calatis comitiis se otorga ante el pueblo reunido
El in procinctil se hacía delante del ejército equipado y bajo las armas el jefe de familia que deseaba testar antes de su marcha a combate
Per aes et libram (original) se utilizaba ala forma de la mancipación el padre de familia que sentía su fin mancipaba a un amigo de ejecutar las liberalidades
Testamento nuncupativo: se declaraba el nombre del heredero y su ultima voluntad delante de siete testigos
Vía oficiosa era la mas fuerte ya que esta corregía inclusive la repartición provista por un testamento
De cuius : El difunto o de cuius es el autor o causante de la herencia, es decir, el que ha muerto
La herencia (hereditas) es el patrimonio que se transmite a consecuencia del fallecimiento de su titular.
Heredero
Descendientes del causante. Los parientes más próximos excluían a los más lejanos y se conservaba la sucesión in capita e in stirpe.
Los ascendientes y los colaterales (padres, hermanos, hermanas y sus hijos). En este caso los abuelos paternos, maternos y sobrinos sucedían por estirpes.
Hermanos y hermanas. Sólo del padre o sólo de la madre, y los hijos de los fallecidos con anterioridad.
Otros colaterales. A falta de todos los anteriores, eran llamados a la sucesión. Estos colaterales incluían a los hijos naturales y a la concubina, quienes sólo tenían derecho a alimento.
Las diversas vías sucesorias en Roma
La vía legítima en las XII Tablas (herederos, agnados y gentiles)tomó como fuente al derecho oral o consuetudinario existente
La vía legítima en el ius honorarium
A su vez, el derecho honorario amparaba los derechos de los herederos que no eran llamados, como los hijos emancipados, los parientes de las mujeres por ser cognados, a la mujer casada libre de manus y a todos aquellos que hubieren salido de la familia sin estar bajo la potestad
La vía legítima en el derecho justinianeo Sin embargo, el emperador Justiniano estableció cuatro grupos de herederos que concurrían en el siguiente orden de preferencia:
Descendientes del causante.
Los ascendientes y los colaterales
Hermanos y hermanas.
Otros colaterales.